Vecino compra piso con deuda de comunidad

Hola soy la presidenta de una comunidad... Cuando la comunidad se constituyo había un piso que seguía sin venderse por lo tanto se supone que era del constructor... Pensamos que el no tenia la obligación de pagar las cuotas de la comunidad, más tarde nos informamos y nos dijeron que si que las tenia que pagar... Pero en dos días vendía el piso... ¿Mi pregunta es a quien le debo reclamar esas cuotas al nuevo propietario o al constructor? ¿Realmente el constructor al no vender el piso debía de pagar también cuotas? ¿Cuánto tiempo atrás le puedo reclamar? Gracias ..

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Según la Ley de Propiedad Horizontal, la persona que compra un piso es responsable de las cuotas comunitarias del año en que compra la vivienda (es decir si la compra en junio de 2010 deberá pagar las cuotas de enero a junio de 2010) y las del año inmediatamente anterior (es decir que tiene que pagar todas las cuotas del 2009.
Las anteriores a esa fecha deberá reclamárselas a la constructora.

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