Buenas. Acfasesoria. Mi problema es el siguiente: Hace cinco años, aproximadamente, el vecino de arriba realizó una amplia reforma en su piso y desde entonces sufro un problema molesto y hasta me parece a mí, peligroso. Y es que se pasan a mi cocina humos y gases de los demás a través del "shunt". Lo he denunciado en la Junta de Propietarios durante cuatro años, en todas ellas se ha aprobado por unanimidad el que se solucione el problema, pero hasta la fecha nadie hace nada. La última que lo expuse fue en la última Junta que fue el 21 de enero de 2010.
Una cosa que se aprueba en Junta ¿No es obligatorio realizarla? ¿Qué puedo hacer? Un saludo
3 Respuestas
Respuesta de encinarxxi
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encinarxxi, Administrador de fincas colegiado con experiencia en administrar...
Efectivamente los acuerdos que se aprueban en Junta son ejecutivos legalmente, ahora bien, la Junta esta compuesta por personas que por su pasividad y porque no les afecta directamente nadie ha hecho nada. Manda una carta al Presidente requiriendo para que venga un técnico oficial a revisar la instalación, y que emita un informe para saber donde esta el fallo y a quien se le puede exigir responsabilidad. Un saludo, Encinar administrador de fincas
Perdona, encinarxxi, pero si a pesar de mandarle la carta, no tengo respuesta por parte del presidente, qué se puede hacer
Pues llamar tú al técnico para que venga y solucione el problema!
Si, tienes razón en que si en Junta de Propietarios se aprobó el llevar a cabo unas determinadas actuaciones, estas deben de lllevarse a cabo. Si lo único que se aprobó fue el "solucionar el problema", desde el punto de vista práctico a ese acuerdo le falta la concreción en las medidas que se tienen que realizar. Discúlpame por que desconozco lo que realmente se ha hecho hasta ahora para solucionarlo. Desde ese punto de vista práctico y tratándose del shunt, te recomiendo: 1º.- Identificar bien las viviendas donde puede tener origen el problema. Identificar dentro de las viviendas que es lo que realmente ocurre para que esos malos olores se comuniquen. ( Yo he visto casos que el shunt estaba totalmente abierto a la altura del techo y se comunicaban los malos olores por el hueco existente, por encima de la talla de escayola, otras veces comunicados con conductos del aire acondicionado, incluso que los malos olores se transmitían por los macarrones de plástico que se utilizan para pasar cables. Otras veces por lo contrario, el shunt estaba estrangulado en algún punto) 2º.- Que se le notifique al vecino causante cual es el problema, indicándole que se produce desde que realizo la reforma, dándole un plazo para su solución. Así tendrá tiempo de ponerse en contacto con la empresa que le realizó la reforma y que le conteste de una forma u otra pero por escrito o que comparezca en la Junta. 3º.- Si el problema no se soluciona, que se llegue a un acuerdo en la Comunidad, aceptado por ambas partes ( vecinos perjudicados y los posibles causantes) por el que se encargue a un profesional el estudio del origen del problema y la solución a adoptar. La factura de la reparación la pagará el vecino que realizó la reforma o el que resulte como causante, incluso la Comunidad si se debe al mal funcionamiento de un elemento común. De todo lo expuesto es muy recomendable que se tome nota o levante actaen el momento, con indicación del contenido del acuerdo, plazo para su ejecución, vecinos comparecientes, y que se rubrique por todos para poder hacerlo efectivo de forma inmediata casi como si fuera un laudo arbitral. 4º.- La clave esta en buscar un buen profesional. A veces basta con un buen fontanero o albañil, pero también puede ser un arquitecto o un aparejador que conozca bien las obras y que identifique por que se produce ese problema. Desde el punto de vista legal el articulo 9 de la Ley de Propiedad Horizontal establece de forma general : Son obligaciones de cada propietario: a) Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo de cualquiera de los propietarios, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos. b) Mantener en buen estado de conservación su propio piso o local e instalaciones privativas, en términos que no perjudiquen a la comunidad o a los otros propietarios, resarciendo los daños que ocasione por su descuido o el de las personas por quienes deba responder. c) Consentir en su vivienda o local las reparaciones que exija el servicio del inmueble y permitir en él las servidumbres imprescindibles requeridas para la creación de servicios comunes de interés general acordados conforme a lo establecido en el artículo 17, teniendo derecho a que la comunidad le resarza de los daños y perjuicios ocasionados. d) Permitir la entrada en su piso o local a los efectos prevenidos en los tres apartados anteriores. Por otro lado también el articulo 10 de la Ley de Propiedad Horizontal establece : 1º. Será obligación de la comunidad la realización de las obras necesarias para el adecuado sostenimiento y conservación del inmueble y de sus servicios, de modo que reúna las debidas condiciones estructurales, de estanqueidad, habitabilidad, accesibilidad y seguridad... 3. Los propietarios que se opongan o demoren injustificadamente la ejecución de las órdenes dictadas por la autoridad competente responderán individualmente de las sanciones que puedan imponerse en vía administrativa. 4. En caso de discrepancia sobre la naturaleza de las obras a realizar resolverá lo procedente la junta de propietarios. También podrán los interesados solicitar arbitraje o dictamen técnico en los términos establecidos en la ley. Como ves por este último apartado, la Ley prefiere para este tipo de problemas el acuerdo en acudir al dictamen de un técnico o un arbitraje antes que la búsqueda de la solución mediante una demanda judicial. No te recomiendo el uso de la vía judicial para resolver el problema, pues lo que puede ser bastante sencillo de resolver técnicamente, judicialmente puede resultar muy caro, dilatarse en el tiempo y complicarse innecesariamente. La vía judicial la puede utilizar tanto la comunidad como tu individualmente. Un saludo y espero haber podido contribuir a resolver tus dudas. Por favor, si consideras resuelta la pregunta, no olvides valorar la respuesta y liberar la respuesta.
Lo que se aprueba y está en el libro de actas hay que cumplirlo. ¿Tenéis administrador profesional o es un vecino el que se tiene que encargar de gestionar eso y no sabe como?, ¿Cuál crees que es el problema?, ¿Ha eliminado tu vecino de arriba los tubos de ventilación que pasan por su cocina? Te indico que hay empresas que pueden bajar cámaras de vídeo por los tubos y determinar claramente por qué se ha producido la obstrucción y en consecuencia darte un informe con la grabación del vídeo diciéndote las causas de la obstrución y proponiendo las soluciones necesarias.
Hola de nuevo, jmanasagasti. Tenemos una administradora supuestamente profesional, pero que a mi modo de ver no realiza adecuadamente su trabajo. Para empezar, es dificilísimo ponerse en comunicación con ella. Incluso el presidente tiene problemas para ponerse en contacto con ella. El problema creo que es en parte por incompetencia y en parte por falta de interés. No te puedo decir que es lo que ha hecho el vecino al realizar la obra Me gustaría que medijeras que se puede hacer para obligar a la Comunidad a solucionar el problema. Un saludo
Muchas gracias, jmanasagasti. Me habría gustado que me dijeses qué se puede hacer para que la junta directiva de la Comunidad arregle el problema, pero me voy de vacaciones y no podría finalizar la pregunta. Un saludo y otra vez será.