Derrama

Buenas noches, en mi edificio hemos pasado la I.T.E., dando el informe favorable, pero se ha acordado la reforma o arreglo de algunas cosas que estaban deterioradas, ¿cómo somos solamente 4 vecinos y los arreglos ascienden y sobrepasan los 2.000? Por propietario, cantidad desorbitada, en cuanto tiempo establece la L.P.H., para poder satisfacer cada vecino dicha cantidad, no hay estatutos en nuestra comunidad, seria lo que en junta de vecinos se acordase, me parece que la L.P.H., establece una derrama como máximo de tres mensualidades, para afrontar dicho gasto, quisiera me aclarase si efectivamente esto es así, gracias de antemano y reciba un cordial saludo

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Con acuerdo de los propietarios se puede determinar cualquier gasto, aunque supere las 3 mensualidades
Lo que dices se puede inferir del Art. 11 de la LPH, no es una limitación sino que regula la disidencia respecto a cierto tipo de acuerdos, no soy abogado, sino arquitecto, en consecuencia no se en que sentido se están pronunciando los tribunales en cuanto al tipo de interpretación que indicas.

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