Ascensor que no llega a garaje - Ayuda

He comprado un piso en una nueva construcción con plaza de garaje y trastero en una finca con cuatro portales. Una vez recibidas las llaves he bajado al garaje por las escaleras desde mi portal (ya que el ascensor aún no está en funcionamiento)y he comprobado que el ascensor de mi portal no llega al garaje sino que termina en el portal. En los otros tres portales de la finca los ascensores sí llegan al garaje pero no están intercomunicados entre sí. Nadie de la constructora me avisó de este hecho ni consta en ninguno de los documentos que me han entregado, y el día que me enseñaron mi plaza de garaje y mi trastero hábilmente me condujeron al garaje por la rampa de entrada de vehículos por lo que no me percaté de que el ascensor de mi portal no llegaba al garaje. Para mí esto supone un gran perjuicio puesto que tengo una niña pequeña y además para subir maletas, bolsas etc desde el garaje tendría que o bien subir por una escalera bastante pronunciada hasta mi portal o bien subir por el ascensor de otro portal, salir a la calle y volver a entrar a mi portal, donde cogería el ascensor para subir a mi piso (siempre y cuando los vecinos del otro portal accedan a esto). También me he enterado de que en la inmobiliaria que vende ahora los pisos tampoco sabían nada de este hecho claramente discriminatorio para los vecinos de este único portal sin ascensor al garaje. Por supuesto los pisos de este portal sin ascensor hasta el garaje no han sido ofrecidos a menor precio ni nada por el estilo.Mis preguntas: ¿Qué puedo hacer en este caso? ¿Cumple este portal la normativa de accesibilidad? ¿Es legal dejar un portal sin ascensor hasta el garaje y no informar de este hecho al comprador? Muchas gracias por su ayuda

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La normativa de accesibilidad es de desarrollo autonómico, por tanto conozco la vasca, el ella, por la ley 20/97 y DE 68/2000, en ellas la accesibildiad se reconoce como derecho universal, en consecuencia el ascensor sería obligatorio independientemente de tus circunstancias. En tu caso no se que normativa autonómica te afectaría.
En otras COAs no se como funciona. Puedes buscar datos sobre accesibilidad y ascensores en esta dirección http://portaldelascensor.com/?page_id=6, para comprobar como está la legislación en tu Comunidad. La legislación estatal, y algunas autonómicas se orientan sobre todo a las personas que van en silla de ruedas.
En el Código Técnico, aprobado en febrero de 2010 SUA9.1.1.1.2 se obliga a disponer ascensores o rampas accesibles para comunicar todas las plantas, pero dada la fecha de aprobación no sería de aplicación.
Respecto a la posibilidad de obligar a la promotora u obtener una indemnización o rebaja se trata de un asunto jurídico, deberías consultar con un abogado, la única vía que veo es la civil (pleito).

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