¿Puedo renunciar a pagar la cuotas de la comunidad?
Paso a exponerle mi caso. Compre un chalet hace cosa de 10 años que era de una primera fase de la promotora, por lo cual todavía no se había formado la comunidad de Vecinos, en el solar de la parte de atrás de la casa estaba el terreno de la piscina, de la cual todos los vecinos de la primera fase teníamos una doceava parte de él y el terreno donde se construiría la segunda y tercera fase de las viviendas. La promotora no las construyo y vendió los terrenos a otra promotora, que si edifico chalets alrededor de la piscina y cerro la urbanización alrededor de sus viviendas, quedando la primera fase fuera de este cerramiento de urbanización. También cambiaron el nombre de la Urbanización con respecto a la de la primera fase construida, es decir en mis escrituras figura "Residencial x" y la comunidad de vecinos se llama "Residencial M".
Con los años los vecinos decidieron contratar un administrador de fincas para que se hiciera cargo de los gastos de luz, apertura y mantenimiento de piscina y otros gastos.
Yo he pagado a día de hoy todas las cuotas establecidas por solidaridad con mis vecinos, aunque yo no disfruto de todas las instalaciones que ellos por estar fuera de la urbanización.
Tras pedir por carta certificada al administrador de fincas los siguientes documentos: Estatutos o copia de la escritura de división horizontal o titulo constitutivo o similar y documento o acta de la junta donde se decide cambiar de nombre a la comunidad, recibo una llamada del mismo en el que me comunica que no existen estatutos ni ningún otro documento, que a ellos solo les consta en su poder el CIF de la comunidad y que esta se rige por la Ley de Propiedad Horizontal y por el Reglamento de Régimen Interno .
Por todo esto tengo una serie de dudas.
¿Cómo sé si la Comunidad está constituida legalmente?
¿Estoy obligado a pagar las cuotas si no hay Estatutos o no está legalmente constituida?
¿Puedo renunciar a mi parte común de la propiedad?
Con los años los vecinos decidieron contratar un administrador de fincas para que se hiciera cargo de los gastos de luz, apertura y mantenimiento de piscina y otros gastos.
Yo he pagado a día de hoy todas las cuotas establecidas por solidaridad con mis vecinos, aunque yo no disfruto de todas las instalaciones que ellos por estar fuera de la urbanización.
Tras pedir por carta certificada al administrador de fincas los siguientes documentos: Estatutos o copia de la escritura de división horizontal o titulo constitutivo o similar y documento o acta de la junta donde se decide cambiar de nombre a la comunidad, recibo una llamada del mismo en el que me comunica que no existen estatutos ni ningún otro documento, que a ellos solo les consta en su poder el CIF de la comunidad y que esta se rige por la Ley de Propiedad Horizontal y por el Reglamento de Régimen Interno .
Por todo esto tengo una serie de dudas.
¿Cómo sé si la Comunidad está constituida legalmente?
¿Estoy obligado a pagar las cuotas si no hay Estatutos o no está legalmente constituida?
¿Puedo renunciar a mi parte común de la propiedad?
1 Respuesta
Respuesta de ACF Asesoria y Gestion Admon Fincas.
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