Pago de recibo de comunidad del mes de compra.

Hola. Compré un piso el 23 de marzo de 2010 y en la escritura decía que el piso estaba al corriente de cuotas de la comunidad. Ahora con fecha 15 de Noviembre me pasa el administrador de la comunidad el recibo de marzo. ¿Debo pagar dicho recibo o debe ser la constructora que me lo vendió quien se haga cargo del mismo?
Respuesta
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La ley obliga a que en el acto de la compraventa, se presente certificado de deudas con la comunidad, si en ese acto Vds. firmaron que eximían al vendedor de dicho certificado y que se fiaban de su palabra( eso lo tiene Vd. reflejado en la escritura), entonces Vds. son los que deben de pagar el mes de marzo, aparte el nuevo propietario, si no se establece lo contrario esta obligado al pago de la deuda con la comunidad del año en curso y el inmediatamente anterior.
No obstante yo primero hablaría con la persona que le vendió la casa y le daría el recibo que le presenta el administrador solicitando el pago, diciéndoles que les corresponde a ellos puesto que aún no era suya la casa.
Me gustaría agradecerle la respuesta. Que haya personas que gratuitamente gasten parte de su tiempo en ayudar a los demás no parece de esta época. Muchas gracias.

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