Obras en fachada y portal: ¿Quién elige materiales?

En mi comunidad de vecinos se está llevando a cabo una rehabilitación de la fachada y del podrtal. El arquitecto, sin tener en cuenta la opinión de los vecinos, está decidiendo qué materiales poner, de qué color pintar el portal, no pintar los bajos de las terrazas, que son de cemento, porque a él le gusta así, cuando los vecinos lo preferimos pintado, etc.
¿Cómo debemos proceder? ¿Hay qué pedir una Junta al Presidente y tratar la cuestión? El administrador de fincas no responde a ninguna llamada...
¿Podemos conseguir que cambien algunas cosas que no nos gustan y que no hemos aprobado? Se pusieron 3 muestras para el color del portal y, sin esperar a que nos juntáramos y decidiéramos los vecinos, un día fue el arquitecto y dijo qué color debía ponerse...
¿Puede el Presidente elegir por sí mismo sin haber consultado con los demás vecinos?
¿Podemos pedir una reunión al Presidente unos cuantos vecinos o es necesaria una cuarta parte o el 25% de las cuotas de participación?

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Son ustedes quienes deciden la forma, textura y color que tendrá la fachada... porque ustedes son los que allí viven y tienen su propiedad. Ni el presidente puede en forma autónoma tomar decisión sobre este punto y todo lo referente a las zonas comunes.
La arbitrariedad del arquitecto excede todo parámetro de conciliación/respeto por la comunidad y sus opiniones.
Deben reunirse y decidir sobre estos asuntos, no es nada civilizado que se pasen por encima de la comunidad y que un par de personas decidan por el resto.
Convocar a una reunión y allí tomar la decisión que más convenga a la comunidad. El arquitecto está siendo pagado por los aportes de la comunidad... ustedes son los patrones y debe obedecerles... no al revés.
Ahora bien: el arquitecto sabe de materiales, texturas, duración de los acabados, etc... su deber es orientarlos frente a que decisión tomar en este sentido... no imponer su criterio de forma unilateral.
En ese orden de ideas hay productos que tienen cierta duración y tonalidades en los colores que limitan la duración de un producto ya sea porque absorben mucho calor... humedad... hollín... etc. En eso sí deben asesorarse y que el arquitecto acate las decisiones de la comunidad teniendo presente sus conocimientos sobre la materia.
Se pueden reunir, un numero plural de vecinos para decidir... si a la hora de citación no se reúne el 25% de la cuota de participación, esperarán una hora y con los que hayan pueden decidir plenamente sobre este punto. Eso sí: en la citación debe constar los temas que se van a tratar, fecha, lugar y hora de la reunión... si es posible que cada vecino firme una planilla donde conste que fue enterado de la reunión.
Frente al tema de garantizar el quórum para la reunión nosotros hemos adoptado que en la parte final de la citación se haga un desprendible para ser llenado por quienes no puedan asistir a la reunión DELEGANDO a un vecino que los represente en la misma. Esto debido a que muchos vecinos tienen diferentes jornadas de trabajo y a veces en las empresas les cambian el horario intempestivamente y a última hora le informan sus trabajadores esos cambios. Otra estrategia que adoptamos es COBRAR MULTA para los que no asistan a la reunión sin causa justificada.
Muchas gracias por su respuesta. Hay algo que me suscita una duda: ¿Lo qué está hecho se puede mandar que lo cambien por no haber tenido en cuenta la opinión de la comunidad de vecinos?
El administrador de fincas, que no se pone al teléfono, ¿qué responsabilidad tiene en todo esto? Porque él mismo ha decidió muchas cosas.
Hoy he pedido una Junta ( tengo el apoyo de más de 1/4 de los propuetarios) y el Presidente me ha contestado, sin mucho interés, que le preguntará al administrador si se puede o no convocar ésta. Parece ser que es el administrador el que decide todo... ¿Qué puedo hacer si no me resulta posible comunicarme con el administrador y el Presidente no sabe muy bien cómo obrar y sigue pasando el tiempo?
Por otra parte, ¿es el administrador el que debe decir qué temas se van a tratar? Porque, a pesar de que le hemos demostrado el descontento al Presidente, creo que será el administrador el que decida finalmente.
Un cordial saludo
Por otra parte, si no convoca la Junta el administrador, ¿qué deberíamos hacer? El administrador también está actuando por su cuenta...
Muchas gracias,
Un cordial saludo
Si pueden mandar a cambiar lo que esta hecho. Existe una gran responsabilidad por parte del administrador al tomar decisiones que deben ser consultadas con la comunidad. No entiendo el porque se le deba pedir consentimiento al administrador si ustedes son una comunidad independiente y soberana sobre sus porpias decisiones...
Independientemente del concepto del administrador y el presidente ustedes están en el pleno derecho de reunirse y tomar decisiones que les son propias a la comunidad. Estos dos cargos son por organización no PARA PODER MANDAR COMO QUIERAN por encima de la opinión de la comunidad.
No es el administrador quien dice que temas se van a tratar... son ustedes, la comunidad, quienes deciden sobre el temario de la reunión.
Me parece pertinente que consultes los estatutos de tu comunidad y verifiques que todo lo aquí expresado debe estar descrito en ellos. De igual manera estudies detenidamente el procedimiento que se establece para citar a reunión... si en alguna parte dice que es el administrador o el presidente quienes determinen sobre el uso y reparación/adecuación de zonas comunes... están violando la ley sobre propiedad horizontal.
Finalmente ustedes se pueden reunir independientemente de que esos dos personajes convoquen a reunión, de esa reunión se levanta un acta con la firma del presidente y secretario de la misma, donde conste las determinaciones que se tomaron. Esas decisiones toman peso de ley, siempre y cuando no violen el sistema legal establecido.

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