Seguros en clases de aerobic

Vivo en una comunidad de propietarios donde tenemos una sala común destinada a realizar las reuniones y celebrar cumpleaños. En la ultima reunión se porpuso poder darle uso organizando clases de aeorbic y pilates, pagando una cuota solo los propietarios que lo usaran. El mes pasado un grupo de propietarios busco una profesora para que las impartiera clases y a los 15 días un miembro de la junta de gobierno de la comunidad junto con el presidente les ha prohibido seguir con la actividad alegando que para recibir clases tienen que pagar dentro de la cuota un seguro de responsabilidad civil que irá destinado a la comunidad. Mi pregunta es la siguiente, ¿es legal y necesario este seguro? En el caso de los cumpleaños no piden este seguro. Y por último, ¿tienen estos dos miembros de la comunidad poder para suspender una actividad que se contempla dentro de las normas de uso de al sala común?

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Si fue aprobado en junta con la mayoría suficiente no tienen potestad para cambiar esa decisión.
Por otro lado el tema del seguro hay varios temas a tener en cuenta, ¿la comunidad no tiene seguro de responsabilidad civil? ¿Este profesor es autónomo y tiene factura o es un particular que no declara estos ingresos?
La comunidad si tiene seguro de responsabilidad civil que va asociada. El profesor supongo que no hará factura y la cuota se la cobra a los propietarios que reciben la clase.
Para mi lo más importante era saber si podían suspender las clases una vez aprobado el uso en una reunión y si era decisivo el tener un seguro de responsabilidad civil a parte del de la comunidad para poder realizar estas actividades.
Muchas gracias
Yo si lo veo lógico, cuando se contrata a un profesional para prestar un servicio dentro de la comunidad, sea cual sea hay que seguir una serie de requisitos al igual que se hace con un conserje o el personal de limpieza por ejemplo.
Independientemente del seguro que tenga la comunidad, se debe contratar a esa persona dándole de alta en la Seguridad Social, y contar con un seguro de responsabilidad civil y una prevención de riesgos laborales inherentes al puesto de trabajo que vaya a desempeñar, eso evitará cualquier tipo de problema en caso de incidencia, inspección, accidente, etc... en caso contrario tendrá la comunidad responsabilidad subsidiaria, teniendo que hacer frente a los posibles siniestros o multas que puedan ocasionarse.
Por todo esto es lógico que se exija el seguro al profesional lo único que están haciendo es velar por los intereses de la comunidad.
Lo más fácil en éstos casos es recurrir a alguna empresa que disponga de profesionales que impartan éste tipo de clases para evitar problemas, la cuota será similar pero se evitarán males mayores.
Nosotros trabajamos con una empresa que se dedica a dar cursos de todo tipo en nuestras comunidades, tienen toda esta documentación y van muy bien de precio si estas en Madrid te dejo el contacto por si quieres pedirle presupuesto [email protected]
En el caso de los cumpleaños, el organizador de la fiesta al ser un vecino se hará responsable de los posibles daños o se utilizará el seguro de la comunidad del mismo modo que se haría en el caso de producirse daños en zonas comunes.
Si tienes cualquier duda o consulta adicional estamos a tu entera disposición.
[email protected]

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