Servidumbre de vistas

Soy arquitecto técnico y tengo un problema con un cliente. Va hacer una vivienda de nueva construcción pero resulta que en el patio tiene una ventana del vecino hecha en la medianía desde hace 50 años. La duda que se me plantea es que si podríamos hacer un muro o un patio de luz para que el vecino no tenga vista directa al patio de mi cliente y obtener este algo de intimidad y de que dimensiones podría ser.

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Ese vecino tiene constituida servidumbre aparente, tú como técnico tienes la obligación de respetarla, cualquier cosa que pongas para tapar vistas debes respetarle la servidumbre del código civil Art. 580 a 585.
Supongo por lo que dices que no se trata del hueco de tolerancia descrito en el Art. 581
Las distancias que tienes que respetar con cualquier construcción que realices son de 3m de distancia (Art. 585)
Hola
Entonces al tener creada una servidumbre no puedo hacer ningún muro en forma de patio interior para que me quede otra zona de patio sin la vista de la ventana. O si dejo 3 metros si podría acer el cerramiento.
No se mi cliente solo sabe darle vueltas al tema porque se le queda el patio sin ninguna intimidad y la única solución que veo es dejar una superficie perdida para así ganar la intimidad que desea.
Sí, puedes hacer muros pero a la distancia que te indico
Otra forma, aunque es buscarle la vuelta, sería colocar algún tipo de maceta (mueble, no construcción) a unos 2m o menos y, mediante alguna malla o emparrado generar algún tipo de seto que cree una pantalla que limite las vistas del vecino (tener en cuenta que sea de hoja peremne)

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