Subida cuota mensual al doble

Buenos días:
Mi pregunta espero sea sencilla:
Vivo en una comunidad de vecinos, en esta comunidad tenemos contratado nosotros a una persona 8 horas diarias de lunes a viernes, pagando de comunidad al rededor de 100 euros, dependiendo el coeficiente de cada vivienda, hemos tenido en el último mes 3 robos en los garajes y trasteros y en una reunión el administrador nos mostró 3 presupuestos para poner cámaras de video en el edificio y un vigilante nocturno, de los 3 el más económico es de 40.000 euros anuales y la nueva cuota ascendería a 180 euros aprox. Me podría acoger al artículo 11.2 de la legislación básica de comunidades de propietarios, ¿ya qué excede el importe de4 los 40.000 euros en más de tres mensualidades?
Mi situación económica no es nada buena y me supondira dejar de pagar la comunidad.
Muchas gracias.

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Tendría que haber salvado el voto para poder acogerse a dicho artículo y habría que ver si excede realmente o no porque no se cuentan los 40000 sino la parte que le toca pagar a usted de los 40000.
De todos modos si ustedes están en Madrid y quiere póngase en contacto con nosotros, estamos especializados en la optimización de gastos en comunidades de propietarios y estoy seguro que podríamos conseguirle rebajar la cuota de la comunidad como hacemos habitualmente en todos nuestros clientes.
Un saludo
914254481/626764724
¿Siendo el nuevo contrato de vigilante nocturno de 40.000? : 48 vecinos = 833? Cada vecino anualmente.
<address>Siendo actualmente la cuota mensual de 100?: ¿se debe entender que supera los 833? las tras mensualidades de lo que estoy pagando actualmente (300?), y por lo tanto podría acogerme al artículo 11.2 de la LPH?, ¿o tedría que dividir los 833? entre doce mensualidades siendo entonces la subida inferior a tres mensualidades (300?) y no podria por tanto acogerme a dicho artículo?</address>
Hay dos cuestiones:
-Calificación de inversión necesaria o no para en este caso la seguridad del inmueble esa es la primera cuestión para poder acogerse, si la han considerado como necesaria no se podría acoger a este artículo y tendría que impugnar el acuerdo por considerarlo no necesaria.
-En cuanto al tema mensual la ley se refiere a una derrama en este caso estamos hablando de una subida de cuota, puede intentar acogerse pero creo que no se lo van a aceptar y le van a reclamar como morosa por lo que el asunto puede terminar perfectamente en los tribunales.
Mucha suerte y un saludo

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