Acuerdo sin figurar en orden del día
Hola, te pregunté ayer sobre un acuerdo tomado por una Comunidad de Propietarios, que no figuraba en el orden del día, y ya me has contestado y he cerrado el tema. Pero me ha surgido otra duda. Te pego tu respuesta y planteo las dudas.
El acuerdo es fácilmente impugnable porque el vecino seguramente no fue a la junta porque no figuraba este punto en el orden del día.
Para impugnar solo necesita ir al juzgado.
Para evitar cualquier problema y gastos innecesarios para la comunidad ademas de la invalidez del acuerdo lo conveniente es convocar otra junta extraordinaria en la que figure el tema en el orden del día y se vuelva a votar.
Un saludo
1 - ¿Es necesario anular expresamente el acuerdo anterior?
2 - Cuando se convoque otra Junta ¿puede la Comunidad "ratificarse" en el acuerdo anterior o es necesario tomar uno nuevo?
Gracias y perdona la molestia.
El acuerdo es fácilmente impugnable porque el vecino seguramente no fue a la junta porque no figuraba este punto en el orden del día.
Para impugnar solo necesita ir al juzgado.
Para evitar cualquier problema y gastos innecesarios para la comunidad ademas de la invalidez del acuerdo lo conveniente es convocar otra junta extraordinaria en la que figure el tema en el orden del día y se vuelva a votar.
Un saludo
1 - ¿Es necesario anular expresamente el acuerdo anterior?
2 - Cuando se convoque otra Junta ¿puede la Comunidad "ratificarse" en el acuerdo anterior o es necesario tomar uno nuevo?
Gracias y perdona la molestia.
Respuesta de Optimizo Administracion de fincas
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