Hola experto quisiera saber si me toca ser presidente de mi comunidad de evecinos y no estoy en casa en todo el día, solo por las noches, ¿puedo llevar a que me lo administre un administrador de fincas sin consultar a los vecinos?, gracias.
Para poder contratar en nombre de la Comunidad a un administrador de fincas, necesitas la aprobación por parte de la Comunidad. Se trata de la contratación de un servicio al que tienen que dar su visto bueno necesariamente los vecinos de forma mayorita. Por experiencia profesional te recomiendo que si crees que no vas a poder atender debidamente tus obligaciones como Presidente al no vivir en la finca (por tu trabajo o por el motivo que sea), convoques una Junta de carácter extraordinario para buscar soluciones. Las solución pasa bien por que te ayuden tus vecinos en la propia finca o por que se contraten los servicios de un profesional ( administrador de fincas). Para contratar a un administrador de fincas solo se necesita la aprobación de la propuesta por mayoría simple, en una Junta convocada con los requisitos legales establecidos. Si tenéis alguna duda sobre las funciones de un administrador de fincas hablad con uno personalmente. Las funciones del administrador vienen establecidas en el articulo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal. Es recomendable que consultéis precios con los administradores de fincas de tu localidad. Espero haber podido ayudarte a resolver tus dudas. No olvides liberar la respuesta para poder atender a otros suarios. Me puedes seguir en: Si me envías una dirección de correo electrónico te puedo enviar un boletín sobre las novedades legales que van saliendo respecto a las Comunidades de Vecinos etc. Indicame tu Comunidad Autónoma por el tema de subvenciones etc.