Participación en gastos
Buenas noches,
Adquirí, en su día, una vivienda cuyo anterior propietario había vendido una parte de ella (dos habitaciones) al vecino colindante pero cuya vivienda no corresponde a nuestro bloque sino al de al lado. Ahora vamos a pintar los patios interiores de nuestro bloque así como el arreglo de dichos patios. Mi pregunta es saber si el propietario que compró la parte de mi vivienda, que pertenece a nuestro bloque pero que es parte de su vivienda y, por lo tanto, del otro, debe contribuir, en lo que se determine, a discos gastos. Y, de ser así, ¿En qué proporción? ¿Quizás en la que ya está determinada en el correspondiente recibo del IBI en el que ya ha sido reflejada convenientemente dicha adquisición?
Muy agradecido. Saludos
Adquirí, en su día, una vivienda cuyo anterior propietario había vendido una parte de ella (dos habitaciones) al vecino colindante pero cuya vivienda no corresponde a nuestro bloque sino al de al lado. Ahora vamos a pintar los patios interiores de nuestro bloque así como el arreglo de dichos patios. Mi pregunta es saber si el propietario que compró la parte de mi vivienda, que pertenece a nuestro bloque pero que es parte de su vivienda y, por lo tanto, del otro, debe contribuir, en lo que se determine, a discos gastos. Y, de ser así, ¿En qué proporción? ¿Quizás en la que ya está determinada en el correspondiente recibo del IBI en el que ya ha sido reflejada convenientemente dicha adquisición?
Muy agradecido. Saludos
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Respuesta de Jose Manuel Anasagasti Etxeita
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