AA en zonas comunes
Soy constructor y el propietario de una vivienda del edificio que estamos rehabilitando nos ha propuesto lo siguiente:
El techo de su vivienda debe quedar visto ya que es de vigas de madera así que, por un tema estético, nos ha propuesto realizar la instalación de la unidad interior de su sistema de Aire acondicionado utilizando el falso techo del rellano de la escalera del edificio (en zonas comunes).
El edificio es una nueva promoción por lo que aún no existe escritura de constitución ni división horizontal. Además se da la circunstancia de que es el único propietario que, e momento, tiene comprado un piso.
¿Es esto posible o está prohibido?
¿Se permitiría si se reflejara la servidumbre en las escrituras una vez realizada la división horizontal?
El techo de su vivienda debe quedar visto ya que es de vigas de madera así que, por un tema estético, nos ha propuesto realizar la instalación de la unidad interior de su sistema de Aire acondicionado utilizando el falso techo del rellano de la escalera del edificio (en zonas comunes).
El edificio es una nueva promoción por lo que aún no existe escritura de constitución ni división horizontal. Además se da la circunstancia de que es el único propietario que, e momento, tiene comprado un piso.
¿Es esto posible o está prohibido?
¿Se permitiría si se reflejara la servidumbre en las escrituras una vez realizada la división horizontal?
Respuesta de Optimizo Administracion de fincas
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