Piso cuya licencia de 1a ocupación NO está en regla

Estoy viviendo desde hace 9 meses en un piso cuya licencia de 1ª ocupación NO está solucionada aún por el promotor... Somos pocos de momento los propietarios del inmueble que estamos en esta situación, pero el promotor aparte de incumplir con ciertos arreglos a nivel particular y comunitario, nos ha comunicado que este trámite está aun por cumplir (el Ayuntamiento le pide cesión de viales, lo cual no había hecho antes). Nosotros, los propietarios no estamos de acuerdo en ceder algo como propietarios que debería de haberse hecho antes... Tampoco comprendemos cómo nos hemos podido ir adelante con nuestra documentación y trámites (hipoteca, escrituras .. Etc) sin que la cédula de habitabilidad hubiese estado en regla!
Además estamos todavía con luz de obra, sin poder contratar nuestro suministro particular.
¿Estafa? ¿Delito penal? ¿Cómo podemos llamarlo?
¿Qué consecuencias pueden existir?
Respuesta
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Yo no soy juez para llamarlo de ningún modo ... eso lo tiene que determinar un magistrado.
Las consecuencias pueden ser infinitas, lo más normal es que se arregle, en cuanto les den la licencia de primera ocupación podrán contratar la luz y así sucesivamente, por eso las escrituras están en orden porque ustedes han comprado esa vivienda, las hipotecas no tiene nada que ver, puesto que ustedes han pedido un dinero para una vivienda y quien lo tiene que pagar es ustedes no el promotor .
Por ultimo, lo lógico es entrar a vivir en el piso después de que este todo acabado ... si ustedes han entrado antes, ¿no sabían que no tenían luz?, ¿Nadie les dijo nada? ...
Mi consejo es que sigan " llamando " al constructor para presionarle aunque depende del ayuntamiento también y eso lleva su proceso .
Sí, claro. Estamos con luz de obra (desde el principio). Le digo que estamos viviendo ya en la propiedad, nosotros y otros vecinos más que han comprado en el edificio.
Los promotores aseguraron tener toda la documentación en el momento de escriturar. Incluso hay más delito, porque en nuestro caso en particular, nosotros no hemos comprado directamente al promotor sino a través de otra persona que adquirió la propiedad a través de permuta.
El caso es que AHORA se presentan los promotores con el problema de que tenemos (los propietarios) que ceder un pequeño jardín así como las aceras al Ayto. (Deberían de haber hecho ellos!). Allí mismo está colocado un transformador que no funciona (Fenosa no les da el enganche por culpa de esa irregularidad) ...
Incluso en su día (desde septiembre), hemos contratado el agua! ¿Cómo se entiende?
Gracias
Bueno en su caso al comprárselo a otra persona usted ha comprado lo que el ha comprado ... con lo cual si no esta arreglado, usted lo compró así y por tanto legalmente no tiene mucho derecho ahí para reclamar ...
Por otra parte mi consejo es que presionen y no dejen de " marear " a la promotora para que se lo arreglen pero siempre por las buenas por el motivo que le dije antes .

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Pues en principio, y sin estudiar más el caso, ya te digo que ni veo estafa ni delito penal, ni os recomiendo esta vía, pues suponiendo que al final se salga victorioso, el gasto de tiempo y dinero, no suele merecer la pena. El asunto esta en que no debíais haber firmado, ni el haberos vendido sin la licencia de primera ocupación, pero que dicha compraventa en cambio si se puede hacer bajo vuestra responsabilidad, cosa que entiendo es lo que se habrá hecho constar en las escrituras. La falta de la licencia de ocupación es una cuestión meramente administrativa, que si es verdad influye en la posibilidad de contratación de los suministros. En cuanto a la cesión de los viales, dependiendo de como se haya tramitado toda la documentación de la obra, requerirá o no vuestro consentimiento.
Deberíais acudir en conjunto a un mismo abogado a que os llevase el tema.
Veamos... nosotros no hemos comprado al promotor sino a una persona que adquirió la propiedad mediante permuta.
Y no. En las escrituras no se indica la falta de este trámite. Era todo libre de cargas y ningún otro apunte pendiente.
Aun cuando lo adquiriese mediante permuta, o bien tu vendedor o el promotor debería haber procurado la licencia, no obstante, dada la situación, yo os recomendaría centraros en la obtención de la licencia por una cuestión de economía de tiempo, y de ahorro de gastos. La falta de licencia tampoco es una carga, con lo cual por ese lado la escritura esta bien, y ademas la licencia no suele reflejarse en las escrituras de compra, sino que se entrega al realizar la compra. Dada su condición de interesados en el procedimiento, también pueden acudir al Ayuntamiento a comprobar si lo que les ha dicho el promotor es la realidad, o si ustedes tienen alguna otra opción. Les vuelvo a recomendar acudan a un abogado a que les gestione el tema, y les asesore previo estudio de la documentación.

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