Cese de administrador
El contrato con el administrador cumple el año el 10/11, de acuerdo al contrato firmado dice que se deberá notificar fehacientemente con 30 días naturales de antelación la fecha que desee prescindir de sus servicios.
Es posible realizar el 30/06 la reunión extraordinaria solamente para prescindir de sus servicios a partir del 10/11, con lo cual estaríamos notificándole con mas de 30 días naturales.
Es legal convocar esa reunión del 30/6 solamente para votar el cese, y que quede notificado, pero no tratar el tema del nuevo administrador, y convocar a principios de Octubre una reunión para elegir al nuevo administrador.
Quisiera saber si es legal hacerlo así.
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Respuesta de famontero