En mi comunidad se aprobó unas obras de rehabilitación. Ahora, a la hora de pagar las derramas, ciertos vecinos se acogen a que NO son necesarias para no pagar sus derramas. Me gustaría saber cómo puedo obtener un arbitraje (si es necesario) que determine que esas obras son necesarias para poder obligarles al pago. Quisiera saber también coste y plazos
En mi opinión, para el tema que comenta no existe ninguna norma que obligue a los propietarios que ahora no quieren pagar la derrama aprobada en su día a someterse a un arbitraje. Ni tampoco, para el caso que éste se llevara a cabo de forma voluntaria, su resultado fuera luego vinculante. Pero es que no debemos perder de vista el tema planteado. Tenga en cuenta que si la obras de rehabilitación fueron aprobadas con todas las garantías que marca la LPH (convocatoria de reunión y su orden del día, presupuestos de las obras, algún informe técnico que justifique llevar a cabo las obras; reunión efectuada con el quòrum de propietarios y coeficientes legales; aprobación por la mayoría de dichos quòrums; comunicación a los no presentes del acta para que en el plazo de un mes pudieran alegar su disconformidad, etc) no es posible ahora, ultrapasados los plazos que se desdigan de los aprobado anteriormente. Porque, además, por de rehabilitación entiendo que se esta refiriendo a obras sobre elementos comunes, necesarias para su conservación, de habitabilidad o de seguridad y no meras obras de ornato o de cambio de "decorado" (que no podrían ser calificadas como tales), los propietarios que en su día no se opusieron. Además piense que el art. 11 de la LPH establece que si las obras no exceden del importe de tres mensualidades de cuota o afectan a personas con discapacidad todos están obligados a su pago. Todavía hay un detalle más: si existe una controversia en la calificación sobre unas obras (como parece suceder en el caso), el artículo 10.4 de la LPH establece que la debe resolver la Junta de propietarios, cosa que, en todo caso ya lo hizo cuando aprobó la obra de rehabilitación. De todas maneras, si quiere quedar más tranquilo al respecto puede solicitar un informe sobre las mismas que le podrá emitir cualquier arquitecto, si bien desconozco su coste, y si la obra tuviera como objetivo reparar una deficiencia estrucural del edificio, podría poner en antecedentes a su ayuntamiento, solicitando una inspección e informe, en su caso.
Le agradeceré que cierre la consulta en la forma que previene la web para que no me siga saliendo como pendiente. Muy agradecido.