Reclamación de un vecino

Desde principios de año he sido nombrado presidente de la escalera de propietarios por turno rotativo.
Hace unos dos meses uno de los vecinos se dirigió a mí para indicarme que había desperfectos por las humedades en su vivienda comprada de segunda mano y que estaban arreglando para instalarse.
De hecho lo que me explico es que al sacar un armario que les había dejado el antiguo propietario habían descubierto el problema. Había habido humedades y la pared estaba bufada.
Hablé con el administrador de la escalera y me explico que el problema se había arreglado hace años. Había aparecido una grieta en la fachada exterior del edificio y que esta grieta las podría haber ocasionado, pero que ya se habían solucionado hacía años. Por lo que la comunidad no debía hacerse responsable.
Así se lo hemos trasladado al vecino afectado que parece no estar nada de acuerdo pues nos ha enviado una notificación de su abogado indicándonos que si no arreglamos el problema denunciará a la comunidad ante los juzgados. No se porqué pero a mi esto me parece un farol porque el coste del abogado probablemente superará al de la reparación.
El caso es que el vecino que se dirigió a mi ya compro la vivienda con dichos desperfectos y si bien es cierto que la comunidad en su día no arreglo tales desperfectos en la vivienda (básicamente porque no fueron reclamados por el anterior propietario) si que arreglo las causas de las mismas y no parece que hayan vuelto a salir. El origen del problema parece solucionado.
La pregunta que me gustaría hacer es: ¿Debería hacerse responsable la comunidad o es responsable el anterior vendedor que les vendió el inmueble con ese defecto?

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Depende del origen de la humedades si son por la fachada es responsabilidad de la comunidad, deberían averiguarlo antes de nada porque por lo que cuenta puede ocurrir perfectamente que la comunidad vaya a juicio si lo pierde tendrá que pagar ademas de su abogado y el arreglo las costas con lo que tengan cuidaddo.
Tenga en cuenta que la comunidad si la humedad esta originada por un elemento común como la fachada esta obligada a arreglarlo en virtud del art.10.1 LPH
La comunidad arreglo hace más de tres años la grieta en la fachada causante del daño. El dañó está reparado y no ha habido nuevas humedades desde entonces.
La cuestión es saber si la comunidad debe reparar los deperfectos causados hace más de tres años y a un propietario que no lo era en ese tiempo. No sería más lógico que el nuevo propietario reclamara al anterior propietario, quien le vendió el inmueble, cualquier desperfecto que ya existiera en el momento de la transmisión entre partes.
Gracias por el interés mostrado, atentamente,
Jesús
Se que lo que quiere es buscar la forma de no pagarle el arreglo pero quien debe pagar el arreglo es quien lo causo, la comunidad la conforman viviendas no personas y si la comunidad le causo el daño a la vivienda es quien debe arreglarla independientemente de todo lo demás.
Le pongo un ejemplo la ley establece incluso que si hay deudas con la comunidad del que vende la casa el que la compra se hará cargo de todas las del año de la compra y el anterior.
Solo puedo decirle lo que establece la ley aunque busque otra manera de no arreglarlo si el vecino tiene un buen abogado les va a salir mucho más caro porque tendrán que pagar arreglo y costas del juicio pero es una decisión suya.

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