Vecino incívico

Tengo un piso de propiedad en una finca de 8 vecinos. De estos 8, solo un propietario continua en su piso. El resto o bien están vacíos o alquilados. En uno de estos pisos vivía una pareja que discutía mucho (más que nada se le oia chillar a él). Esta pareja se fue y la tranquilidad reinó en la finca. Yo hace poco alquilé mi piso. Al poco mi inquilino me llamo y me dijo que había un vecino que chillaba mucho y daba golpes y portazos a todas horas. Descubrí que era el vecino molesto que al parecer se ha separado y ahora vive de nuevo en el piso. Según mi inquilino la situación es insostenible, golpes y gritos cuando está enfadado; música alta y amigos armándola en hasta en el rellano cuando está contento. Finalmente sucedió lo que me temía, mi inquilino se va. Mi pregunta es como debemos actuar. Se que se debería llamar a la policía cada vez que ocurriese algo, pero los vecinos están de alquiler (de paso) no quieren problemas ya que se sospecha que no esta bien mentalmente y se le tiene miedo. Tenemos administrador en la finca por si le sirve este dato. Otro dato es que el piso está esta a nombre de ella (digamos que él también estaría de alquiler o precario, aunque supongo que se hará cargo de la hipoteca). Y otro dato es que la propietaria no paga la comunidad desde antes de irse (aunque eso ya se esta denunciando) Por favor a ver si existe alguna solución ya que veo que nis inquilinos no van a durar más de un mes.

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Lo primero que debes hacer es escribirle una queja al Administrador informándole de los desmandes de este vecino y que por favor ponga manos a este asunto. Pasados quince días hábiles vuelves a escribirle al Administrador para averiguar que gestiones adelantó para solucionar este problema.
Si pasados quince días, después de la segunda carta, la problemática se sigue presentando, no ha mejorado el comportamiento del vecino, te tocara denunciar esta situación a la policía y hacerle un requerimiento al Administrador (adjuntando las dos cartas que le escribiste y con su respectiva firma de recibido o en su defecto el desprendible del Correo Certificado, si las enviaste por correo) para que explique a la policía porque no ha mejorado en nada la situación.
Este es el procedimiento general que debe seguirse en estos casos. Dependiendo de los efectos causados por las cartas 1 y 2 no creo necesario que acudas a la policía.
Hola. Tengo un piso de propiedad en una finca de 8 vecinos. De estos 8, solo un propietario continua en su piso. El resto o bien están vacíos o alquilados. En uno de estos pisos vivía una pareja que discutía mucho (más que nada se le oia chillar a él). Esta pareja se fue y la tranquilidad reinó en la finca. Yo hace poco alquilé mi piso. Al poco mi inquilino me llamo y me dijo que había un vecino que chillaba mucho y daba golpes y portazos a todas horas. Descubrí que era el vecino molesto que al parecer se ha separado y ahora vive de nuevo en el piso. Según mi inquilino la situación es insostenible, golpes y gritos cuando está enfadado; música alta y amigos armándola en hasta en el rellano cuando está contento. Finalmente sucedió lo que me temía, mi inquilino se va. Mi pregunta es como debemos actuar. Se que se debería llamar a la policía cada vez que ocurriese algo, pero los vecinos están de alquiler (de paso) no quieren problemas ya que se sospecha que no esta bien mentalmente y se le tiene miedo. Tenemos administrador en la finca por si le sirve este dato. Otro dato es que el piso está esta a nombre de ella (digamos que él también estaría de alquiler o precario, aunque supongo que se hará cargo de la hipoteca). Y otro dato es que la propietaria no paga la comunidad desde antes de irse (aunque eso ya se esta denunciando) Por favor a ver si existe alguna solución ya que veo que nis inquilinos no van a durar más de un mes. Gracias
Muchas gracias por contestar pero tengo alguna duda. ¿El administrador está obligado por ley a realizar estas gestiones si se peticionan por escrito? Otra duda es en relación a lo de la policía. Yo no vivo allí. Lo único que sabemos los propietarios sobre este individuo es por parte de los inquilinos que no se quieren meter por miedo. ¿Igualmente yo puedo ir a la policía a denunciar algo de lo que no he sido testigo presencial? Y por ultimo, como se hace el "requerimiento" (¿después de acudir a la policía) a que usted se refiere al administrador?
Gracias
Sí. El Administrador esta obligado a atender todos los requerimientos de los copropietarios y dar solución pronta y oportuna a las situaciones de convivencia que se presenten en la comunidad.
No importa que tu no residas allí, eres parte de esa comunidad porque allí tienes tu propiedad. Los inquilinos no tienen responsabilidades con la comunidad, a menos que tu les delegues la representación legal de tu inmueble para asuntos de Asambleas o Convivencia; para ellos su responsabilidad es acatar las normas y reglamentos de la comunidad pero no pueden participar de ninguna decisión que se tome en la misma, salvo que sean representantes del propietario. La única forma de que ellos puedan intervenir directamente en este asunto es en el eventual caso de que el vecino problemático los toque directamente a ellos... física o verbalmente y en ese caso deben acudir inmediatamente a la policía para las medidas de protección que se deben dar en estos casos.
Al poner la queja ante la policía, en esa misma queja, solicitas que el Administrador haga presencia para que ante esa oficina (con el inspector, secretario de despacho y tú) haga las declaraciones de cuándo y cómo ha atendido tu requerimiento.
Espero que ese trámite no sea necesario y que las cosas se solicionen sin tener que acudir a la policía.
De verdad que agradezco sus respuestas y le aseguro que le valorare con la puntuación más alta. Pero no me queda claro. La denuncia en la policía es al administrador por no solucionar el problema con el vecino o al vecino. Es que si es al vecino, no lo acabo de entender. Nos presentamos en la comisaria de la policía local (supongo) del municipio y le decimos al policía que queremos denunciar a un vecino que grita, da portazos, ¿da golpes y arma escándalo? ¿Y le enseñamos los requerimientos que haya hecho el administrador para solucionar el tema? Perdone mi ignorancia en este tema pero, ¿en la policía no se tienen que denunciar hechos concretos? "sucedió tal día a tal hora y yo lo vi o escuche". Es que si esto llega a juicio, ¿quién es el testigo? Si nosotros (la comunidad) le denunciamos, ¿pero llegadas las preguntas del juez solo podemos decir que no lo hemos visto en esa actitud directamente? No se si me explico pero es que si es así no hay prueba. Gracias
Me partece importante que aclares todas las dudas que te surgen al respecto:
1. Retomemos lo de las cartas al Administrador: Una primera carta informando de los problemas de convivencia por parte de la actitud del vecino. La segunda es para saber que procesos ha adelantado para solucionar el problema de convivencia con ese vecino, esta en caso de que el vecino siga presentando esos problemas de actitud que atentan contra las sanas costumbres y la convivencia pacífica entre vecinos.
2. El tema de la policía es requiriendo al Administrador para que explique porque no han dado resultado las acciones que ha hecho para mejorar el problema de convivencia con el vecino. Este es en el caso de que se sigan prersentando esas situaciones que afectan la sana convivencia entre vecinos. Es el Administrador, como representante legal de la comunidad, el que debe ser requerido ya que no ha sido capaz de solucionar el problema. Para este momento tú no tienes que hacer ninguna declaración... simplemente escuchas de primera mano y de él el porqué no ha solucionado el problema.
Es bien importante que tengas en cuenta los tiempos para llevar paso a paso este procedimiento, porque la Ley es muy específica al afirmar que primero se debe agotar la vía de "conciliación" antes de pasar a una segunda instancia, que sería el caso de policía. En ningún momento y bajo ninguna circunstancia tu puedes denunciar al vecino, a menos que, como lo expresé antes, se involucre directamente contigo o esas situaciones te afecten directamente a ti, y ni aún así puede intervenir la policía porque primero está el administrador, según el conducto regular es la primera autoridad de tu comunidad.
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La solución es tratar el tema en junta (él al no ser propietario no tiene ni voz ni voto y al ser moroso ni ella tampoco) y que el presidente le advierta que cese su comportamiento y de no hacerlo la comunidad tome medidas legales contra el, su administrador les debe ayudar en este proceso si no es así no les vale busquen otro.
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Debe comunicar al administrador la situación existente. Tenga en cuenta que, en efecto, cada vivienda, es una propiedad privativa, pero que no puede hacerse en ella lo que se antoje sino que, por el contrario, debe respetar el hecho de vivir en comunidad, y no en un lugar aislado como si fuera un desierto. Es indiferente que usted tenga inquilinos y que quien no respete los requisitos mínimos de convivencia también lo sea. Basta con que el administrador se ponga en contacto con los propietarios que son los únicos que pueden presentar y recibir denuncias.
Por todo ello, insisto ponga a trabajar al administrador y requiérale para que haga, junto al presidente de la comunidad (que siempre ha de existir aunque tengan administrador) las gestiones que que la LPH establece para que, a través de la propietaria de la vivienda, se cese en la situación actual.
Tampoco está de más que pregunte por la situación económica de la comunidad, en previsión de que en cualquier momento se encuentren con que no pueden hacer frente a los pagos mínimos obligatorios (luz, agua, seguro del edificio, etc.). Tenga en cuenta que, si algún día se decide reclamar la deuda de los propietarios morosos, respecto del propietario actual sólo se podrá reclamar la deuda correspondiente al año en curso y el anterior.
Téngame informado.
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En lo que a la Ley de Propiedad Horizontal se refiere, su artículo 7.2 expresa las acciones que pueden tomarse en caso de actividades molestas, que se resumen en que primero sería necesario un apercibimiento fehaciente por parte del Presidente de la Comunidad al vecino para que cese en su conducta. Si éste hace caso omiso, tendrían que convocar una Junta en la que se aprobase una acción jurídica de cesación, es decir, una demanda judicial a la que tendrían que aportar la mayor documentación posible para que el juez estimase la misma. En el caso de un inquilino, se podría incluso declarar extinguidos todos sus derechos con respecto al inmueble en cuestión.
De todos modos, es importante avisar a las autoridades cada vez que se produzca una situación como la que nos describe, dado que, entre otras cosas, allanaría el camino comentado en el párrafo anterior.
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La solución es llamar a la policía
Ya lo había pensado, pero yo no vivo allí. No puedo saber cuando ocurre exactamente para llamar. ¿Y si llamo y van y no pasa nada? ¿Qué hago me invento que lo he oído? ¿Y si no estsba eb ese momento y lo puede justificar? Quien tendría que llamar son los inquilinos pero tienen miedo y no lo van a hacer. ¿Existe alguna otra solución?
Me temo que no, denunciarlo ante la policía es la solución.

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