Mayoría necesaria para comprar local

La Comunidad donde vivo quiere comprar un local que tiene en venta el constructor del edificio con la finalidad de utilizarlo para conserjería y cuarto de limpieza. Me gustaría saber si es necesario que se apruebe por unanimidad o si sería bastante con mayoría de los asistentes a la asamblea, y en ese caso, mayoría simple o absoluta.

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Según el c.c. siempre por mayoría abosuta (el 50% + 1) en primera instancia o convocatoria con el 60% de las partes milesimales de los propietarios, y en 2ª convocatoria con la presencia de 1/3 de las partes milesimales de los propietarios.
Tengo la duda de si la compra supondría la modificación del titulo constitutivo, puesto que implica que se añadan nuevos bienes a las zonas comunes. De ahí mi duda sobre la unanimidad. ¿Qué te parece?
Insisto en la mayoría, léase el punto 4 del art. 17 en el siguiente link:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/lph.html

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