¿Puedo poner una placa profesional?

Hace uno días instale en la puerta de acceso a mi portal una placa profesional, ya que ejerzo mi actividad en mi domicilio, la junta de vecinos me envía una carta diciendo que debido a las quejas de los vecinos, y de no pedir permiso a la comunidad tengo que retirarla. He consultado en Urbanismo de mi ciudad y no hay ley que lo prohíba, me leído el régimen interno de la comunidad y tampoco lo prohíbe, ademas existen precedentes. La junta insiste en que tengo que retirarla, ¿existe alguna ley que lo prohíba? ¿Tengo qué quitar la placa? ¿Qué debo hacer?

1 respuesta

Respuesta
1
¿A qué se refiere cuando señala "existen precedentes"? ¿Hay o ha habido otras placas colocadas sin haberse adoptado el pretendido previo acuerdo que ahora pretenden volcar hacia usted?
En puridad de Derecho, efectivamene debería haber enviado un escrito al presidente de la comunidad indicándole sus intenciones respecto a la colocación de la placa profesional, pero no se preocupe que hasta el rabo, todo es toro, como dice el refrán.
Cuando me conteste, intentaré ayudarle
Cuando me referieo a que exiten precedentes es que existe un Centro de Psicología y una guardería en el mismo edificio con rótulos o placas de mayores dimensiones, y por supuesto no han pedido permiso a la comunidad en ningún momento, esto lo se porque hasta este pasado año forme parte de la junta directiva.
Un saludo
Llegados a éste punto, se nos plantean dos posibilidades diametralmente opuestas, que analizaremos para ver cual puede se la menos gravosa y satisfactoria -lógicamente- para sus intereses.
1) Que existan dos rótulos ya colocados sin la debida autorización que ahora se pretende para usted no nos otorga carta de naturaleza para poder seguir el mismo proceder. Lo que no es óbice para exigir las responsabilidades a que hubiere lugar a la Comunidad de Propietarios, porque en ese caso se ha seguido la norma de los "hechos consumados" y en su caso se le exige un comportamiento distinto, lo que puede incluso ser un acto determinante de discriminación del art. 14 de la Constitución, por quebrarse el principio de igualdad de trato ante situaciones semejantes. Para ello -como puede suponer- ha de sustanciar un procedimiento judicial demandando a la Comunidad de Propietarios, que usted debe evaluar, teniendo en cuenta el perjuicio causado y el daño moral inferido ante sus comuneros.
2) A falta de previsión en el titulo constitutivo o en los Estatutos, la doctrina y la jurisprudencia se muestra favorable a la posibilidad de la instalación únicamente con el
Acuerdo mayoritario de los copropietarios, siempre y cuando:
a. No exista prohibición alguna de desempeñar la actividad empresarial o profesional en el
Inmueble y cuente con todas las licencias precisas a tal fin.
b. La instalación no suponga una grave alteración de la configuración exterior del edificio.
c. La publicidad sea acorde con la explotación que se desempeña y consustancial con la propia naturaleza del negocio y no referida a otro negocio ajeno.
d. Que no perjudique el interés de la Comunidad o el particular de algún comunero, como en el caso de que obstaculizase las vistas de determinados pisos.
Tendríamos todos los obstáculos salvados, excepto la premisa principal "con el acuerdo...".
Se me ocurre una posible solución, que evidentemente usted ha de sopesar si le compensa o no llevarla a cabo, y sería proceder a retirar la placa y remitir un Burofax con Certificación de Texto y Acuse de Recibo (26€) al presidente de la Comunidad en los siguientes términos (hay que llevar original y copia. No olvide firmar:
"BUROFAX CON CERTIFICACIÓN DE TEXTO Y ACUSE DE RECIBO
20 de Septiembre de 2011
SR.PRESIDENTE DE LA COMUNIDAD CALLE _____ NUM.___ (CP, LOCALIDAD Y PROVINCIA)
Muy Sr. mio.
En relación con la carta enviada por usted en la que me requiere para que proceda a la retirada de la placa que he instalado en el exterior del inmueble, anuniciadora de mi actividad profesional ya que es imprescindible a fin de mostrar al público quién soy y qué
Servicios presto, alegando la falta de acuerdo previo de esta Comunidad, por medio de la presente le requiero para que de forma urgente proceda a convocar una Junta extraordinaria y cuyo único orden del día sería "INSTALACIÓN DE PLACA PROFESIONAL EN LA ENTRADA DEL EDIFICIO DE LA COMUNIDAD".
De igual modo y como usted cita en su carta, "debido a las quejas de algunos vecinos" ¿qué tanto por ciento de la cuota de participación reúnen los mismos para llegarse a enviar el documento girado al dicente?. Llegado el caso, habrán de acreditar formalmente su oposición a dicha instalación en el lugar idóneo para ello que es el la junta de vecinos y no en las escaleras de la comunidad.
Si transcurrido un plazo de quince días contados a partir de la fecha de recepción del presente documento, no se hubiera celebrado dicha junta con el fin perseguido, entenderé que se autoriza tácitamente la instalación de la misma.
Como quiera que se ha introducido un elemento de discriminación bien hacia mi persona bien hacia mi actividad profesional, al ya existir dos placas ubicadas, concretamente la correspondiente a un Centro de Psicología y a una Guardería, sin que las mismas fueran instaladas con los requisitos que ahora se pretenden, unido al hecho que los estatutos de la Comunidad tampoco recogen ni en positivo ni en negativo dicha posibilidad de instalación, le apercibo de que me reservo ejercer las acciones civiles y penales a que haya lugar por vulnerar mis derechos como comunero y ciudadano por discriminación.
Sin otro particular y en espera de sus noticias
(Firmado y rubricado)
FULANO DE TAL Y TAL CALLE_______ NUM_____ (CP, LOCALIDAD Y PROVINCIA)"
Estimado experto, con tu solución se me ha aclarado todo el tema, en cuanto tenga contestación por parte de la Junta de Vocales, te la haré llegar. Espero ue se solucione para bien mio.
Muchísimas gracias, y recibe un cordial saludo

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas