Cartel Publicitario en Comunidad de vecinos
Mi socio y yo vamos a abrir una clínica dental en un piso, la actividad según los estatutos de la comunidad está permitida, pero nos hemos encontrado con el problema de los siguientes estatutos.
- Se prohíbe expresamente a todos los propietarios de las plantas altas primera a cuarta del inmueble alterar los huecos exteriores o fachada. Asimismo, queda expresamente prrohibido a los propietarios de las plantas altas del edificio alterar la orrnamentación de la misma.
- Se prohíbe expresamente colocar en el interior o exterior del portal, cualquier rótulo o anuncio publicitario.
En su lugar se habilitaráen el interior del portal, en lugar que determine la junta de propietarios, un casillero o directorio bajo diseño y características que ésta determine.
Bueno al encontarnos con esto.. Hemos mandado un comunicado al admiintrador por escrito para ver si es posible alterar los estatutos... Pero es bien difícil porque tiene que ser de forma unánime.
Me surge una pregunta... Respeto a lo de la fachada... ¿Si lo que se hace es poner en las ventanas del inmueble la puclicidad? Del tipo de pegatina que se pone en el cristal y desde fuera se ven las letras del anuncio. No es publicidad agresiva y no altera en exceso la imagen. ¿Se incumpliría con esto el estatuto?
REspecto a la placa del portal.. El estatuto deja poner a los comercios que están a los lados del portal lo que les venga en gana. ¿Se puede hablar con la gente de estos comercios para poner la placa en su espacio?
- Se prohíbe expresamente a todos los propietarios de las plantas altas primera a cuarta del inmueble alterar los huecos exteriores o fachada. Asimismo, queda expresamente prrohibido a los propietarios de las plantas altas del edificio alterar la orrnamentación de la misma.
- Se prohíbe expresamente colocar en el interior o exterior del portal, cualquier rótulo o anuncio publicitario.
En su lugar se habilitaráen el interior del portal, en lugar que determine la junta de propietarios, un casillero o directorio bajo diseño y características que ésta determine.
Bueno al encontarnos con esto.. Hemos mandado un comunicado al admiintrador por escrito para ver si es posible alterar los estatutos... Pero es bien difícil porque tiene que ser de forma unánime.
Me surge una pregunta... Respeto a lo de la fachada... ¿Si lo que se hace es poner en las ventanas del inmueble la puclicidad? Del tipo de pegatina que se pone en el cristal y desde fuera se ven las letras del anuncio. No es publicidad agresiva y no altera en exceso la imagen. ¿Se incumpliría con esto el estatuto?
REspecto a la placa del portal.. El estatuto deja poner a los comercios que están a los lados del portal lo que les venga en gana. ¿Se puede hablar con la gente de estos comercios para poner la placa en su espacio?
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