¿Debe el seguro de la comunidad hacerse cargo de los daños en las puertas de las viviendas?

Recientemente con motivo de un robo se han producido daños en la cancela así como en las puertas y cerraduras de las viviendas afectadas. Al igual que se hace cargo de los daños en la cancela del portal, ¿debería el seguro hacerse cargo también de las puertas de las viviendas?.

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Del daño en las puertas de los pisos se debe hacer cargo el seguro del propietario

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