Perros sueltos en los pasillos de la comunidad

¿Puede una vecina tener los perros sueltos cuando entra y sale de su piso? Cuando sale al abrir la puerta salen corriendo por todo el pasillo hasta la puerta de la calle. A veces nos los encontramos corriendo de frente a nosotros con el consiguiente miedo pues no sabemos las intenciones que traen. Se lo comunicamos a la dueña para que los lleve atados pero esta no hace caso y encima nos habla mal.

Se pasan ladrando todo el día, y por las noches cuando sube alguien por las escaleras sea la hora que sea siguen ladrando.

¿Qué puedo hacer?

Respuesta

Denuncia en la policía o la Guardia Civil

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Ud. puede instar al presidente a le envíe de manera fehaciente (por ej. burofax) un requerimiento para la inmediata cesación de las actividades molestas. Si la vecina no toma medidas para evitar las molestias el presidente de la comunidad podrá iniciar contra el vecino molesto la acción de cesación. Esta opción es la vía judicial, por lo que tendrá que valorar Ud. si las molestias ocasionadas son tan perjudiciales como para acabar en el juzgado. Además que tendría que hacerse acompañar por otros vecinos que corroboren las molestias ocasionadas ya que de otra forma el juez no lo tendría en cuenta al considerar que no existen tales actividades molestas si solo un vecino se siente molestado.

Para más detalle: www.atrio21.com

pero que dicen las ordenanzas ante esta situación?

La comunidad es una propiedad privada en régimen de propiedad horizontal que se rige por la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). Entiendo que este asunto no está regulado por ninguna ordenanza.

Para más detalle: www.atrio21.com

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Estoy de acuerdo con la respuesta de @atrio21, La policía/guardia civil no puede hacer nada si las molestias se hacen en una finca privada como es el edificio de una CCPP

pero que dicen las ordenanzas ante esta situacion?

Si a las ordenanzas nos tenemos que remitir, es tu Ayto. Quien lo regula, así que allí tienes que acudir, sin embargo, las Ordenanzas de tu Ayto. No pueden regular lo que sucede en el interior de tu edificio (que es propiedad privada de la CCPP), así que habría que acudir a los acuerdos y normas de Régimen Interno de tu Comunidad de Propietarios y hacerse cumplir por los propios vecinos.

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