No tenemos constituida mancomunidad de propietarios

Somos 8 portales. Es una edificación en cuyo interior hay un jardín común y la red de saneamiento también es común.

No tenemos constituida mancomunidad de propietarios y las viviendas tienen una antigüedad de 40 años.

Se han reunido los presidentes de las 8 comunidades y la gestoría de una de ellas nos dice que si la mayoría decide contratar mantenimiento de las zonas comunes, esta decisión sería obligatoria.

no habiendo mancomunidad, ¿estas decisiones no las deberíamos tomar todos los propietarios?

gracias por la atención prestada.

Respuesta
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1.- Hay que ver lo que dice el Título Constitutivo, pues si tienen cosas en común, lo que hay es una Comunidad General y tantas Subcomunidades como portales existan.

2.- En este caso, para contratar un nuevo servicio, habrán de acogerse a un acuerdo de los 3/5 partes de las cuotas de participación.

Saludos

Pedro

http://gestionyedificios.vpweb.es/

Muchísimas gracias por su respuesta.

Consultaremos el título constitutivo (me imagino que en el registro de la propiedad).

Un saludo.

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