Modificación fachada quitar mallorquinas

Nos han entregado unas viviendas de vppb cuyo edificio hace forma de "U" con unas mallorquinas en el salón que constan de 4 hojas enormes para proteger del sol pero sin ningún punto de agarre con lo cual cuando hace viento es imposible tenerlas abiertas por lo que en la cara donde nunca da el sol nos obliga a tenerlas cerradas y dar la luz puesto que sino no se ve, aunque sean las 10 de la mañana y haga un día radiante. También suponen un riesgo puesto que a un vecino, debido al viento, se le han caído.

Bien, lo que queremos en quitarlas pero estamos todos de acuerdo salvo 2 o 3 vecinos. Habíamos pensado en dejarlas quien quisiera y quitarlas el resto pero esos 2 o 3 vecinos dicen que entonces la fachada no sería uniforme.

Hablando con el administrador en principio nos dijo que era por mayoría de 3/5 partes pero por presión de esos 2 o 3 vecinos ahora dice que es por unanimidad remitiéndome al art. 17 de la LPH que no acabo de ver claro puesto que no se trata de estatutos ni del título constitutivo, dice que es porque la fachada es zona común... También había pensado en acogernos al art. 17.3 referente al ahorro energético puesto que con dichas mallorquinas lo que hago es gastar más en luz y en calefacción con lo cual no creo que sera muy coherente.

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El Administrador lleva razón, cuando dice que en virtud del art. 17 LPH al tratarse de elementos comunes, requiere para su modificación, la unanimidad de los comuneros. El art. 396 del Código Civil, que ha quedado incorporado como disposición adicional segunda de dicha Ley, especifica clarísimamente cuales son los elementos comunes de un edificio, aunque usted no lo vea.

El apartado 3º de la LPH habla de "equipos" y se está refiriendo a aparatos productores de calor/frío, ya que una persiana nunca podrá considerarse un equipo.

Si las mallorquinas quedan al azote del viento, quizás sea aconsejable instalar un sistema de sujeción de las mismas que en cualquier ferretería o centro comercial encontrará múltiples maneras de instalar uno de ellos.

Ruego cierre y valore

Ok, muchas gracias! El problema es que vivo en un 4º piso y como no alquile una grúa no habrá sistema de sujeción posible.

Entonces para cualquier asunto relacionado con zonas comunes (patios, fachadas interiores también, garajes, instalación de toldos, etc) también se requerirá unanimidad, no?

Muchas gracias de nuevo!

Usted llame al técnico para que acuda a instalarle el sistema de sujeción y quizás no opine de la misma manera y sin ser necesaria ninguna grúa.

Todo lo que afecte a los elementos comunes del edificio, aunque sean de uso privativo.

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