¿Puede la comunidad prohibir ceder la plaza de aparcamiento a alquilados estudiantes?

Soy propietaria de un piso en una comunidad con un parking privado pero sin plazas numeradas. Yo estoy pagando por 2 plazas (he pagado doble para todos los arreglos que se han hecho en el aparcamiento). Este año he tenido que alquilar el piso a unas chicas amigas mías que son estudiantes y les he cedido una de las plazas. Hoy me ha llamado el presidente de la intercomunidad y me ha dicho que no puedo ceder la plaza a estudiantes porque por lo visto tuvieron problemas hace tiempo con unos estudiantes. ¿Tienen derecho a hacer eso? El problema es que ahora se han puesto mas tontos y me han dicho que con la otra plaza también hay problemas y es que resulta que la tengo ocupada con un remolque y me han dicho que no tengo derecho a ocupar una plaza de aparcamiento todo el año ya que las plazas dice que son rotativas y estoy impidiendo que otras personas puedan aparcar ahí porque al no moverlo nada mas que un par de veces al año no estoy dándole oportunidad a los demás. Vamos que como no es un coche les molesta y todo esto viene porque hay mas gente pagando plazas de parking que aparcamientos disponibles. No se que hacer, ¿Me puedo acoger a alguna ley? ¿Es legal discriminar a los arrendados por ser estudiantes?

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Esas plazas ¿constan cómo suyas en escrituras? O ¿En qué documento consta su derecho de uso y las reglas del mismo?

No en las escrituras no figuran pero todos los meses pago por esas dos plazas que no están numeradas

Donde se regulan las condiciones de uso de las plazas en ningún sitio, ¿qué tipo de obligación de pago tiene? ¿Puede dejar de pagarlas? Si no ¿dónde se refleja esa obligación?

Lo normal es que haya algún documento bien la escritura de división horizontal de la comunidad o los estatutos donde se regule el uso de las plazas y las obligaciones y derechos de los propietarios.

Si usted paga entiendo que tendrá derecho al uso y no le pueden imponer quien debe usarlo, deberían justificarle donde esta la facultad de negarle el uso porque si no esta en ningún documento no pueden hacerlo, y me extrañaría mucho que así fuera.

Lo que si puede es tranquilizarles y como propietario que soporta las obligaciones y derechos de las plazas comunicarles que los problemas anteriores que ellos hayan tenido no tienen que ver con su caso y que usted se responsabiliza del uso de la plaza igual que esta haciendo con el pago y que el resto de vecinos deben hacer con sus plazas.

De todos modos seria bueno que consultara los documentos que regulan el uso y obligaciones y derechos de las plazas porque ahí estará su respuesta, sin todos los datos es muy difícil poder ayudarles porque las respuestas podrían ser erróneas.

El martes me van a dar una copia de las actas donde se aprobaron estas clausulas. Le informaré cuando las lea. Muchas gracias

Hola, me he reunido con el presidente de mi bloque y el de la intercomunidad. Las plazas son de la comunidad. No se reflejan en las escrituras del piso. Se pagan 30 euros por trimestre por las dos plazas. Me han entregado una copia del acta aprobada en la que pone:

Se acuerda no entregar llave o tarjeta a los locales comerciales, pisos en alquiler a estudiantes y vecinos que no la necesiten.

El acta esta firmada por el presidente, vicepresidente, tesorero, dos vocales y el secretario

¿Hay algo que pueda hacer o no merece la pena? Muchas gracias otra vez

Si esta aprobado en junta solo puede conseguir que en otra junta se apruebe lo contrario o impugnar la junta siempre que no haya pasado el plaza que es un año en el mejor de los casos art. 18 LPH, aunque esto tiene un coste elevado.

Si las plazas no están numeradas ni en escrituras y usted no puede utilizarla cuando la necesite su inquilino entonces dígales que solo quiere una.

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