Representación del presidente de la comunidad

Tengo un acto de conciliación en el juzgado, ¿puedo representar a mi padre o es necesario que vaya él? Es presidente de la comunidad pero no vive en el piso, soy yo, su hijo el que reside y hace las funciones propias de su cargo durante este año, ¿tengo limitaciones? ¿Qué clase de documento necesito para acreditar mi cargo? ¿Debe de ser documento público o puede ser privado?

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Respuesta

El presidente de la comunidad es el propietario del piso y el que debe constar en el acta de la reunión en la que se nombra el presidente. Usted como hijo no puede acudir al acto de conciliación si no es un cargo de la junta directiva y se le ha autorizado expresamente en un acta para dicho acto de conciliación.

Debe ir su padre que es el presidente y el representante legal de la comunidad.

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