Autorización permanente representación en junta de vecinos.

Mi padre es el propietario de la vivienda en la que vivo, pero soy yo quién asiste a las reuniones de la comunidad de vecinos. Normalmente llevo un papelito autorizando mi representación para esa reunión. ¿Es posible entregar al administrador de la comunidad una autorización de representación permanente que sea válida hasta la cancelación de la misma?

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La única forma legal de representar a una persona es a través de un poder notarial especial que su padre le otorgará como mandatario, conforme establece el art. 1710 del Código Civil.
Ruego cierre y valore

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