Cual es el porcentaje puede pagar el presidente en una obra de mejora sin consultar a los vecinos

La comunidad en la que vivo carece de estatutos. Me gustaría saber cuanto se puede gastar el presidente de la comunidad en una obra de mejora, sin haber consultado al resto de vecinos. Un vecino me ha consultado y dice que es como máximo el 25% del total de los ingresos anuales de la comunidad. De ser cierto, me gustaría saber su fundamento legislativo y si no es así, saber cual es el correcto.

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Si la obra no es urgente dicha obra la debe elegir la comunidad en junta de propietarios y nunca el presidente en virtud del art. 14 c LPH

En ningún caso es ningún porcentaje salvo que expresamente en juntas anteriores se haya establecido por los vecinos permitir al presidente realizar este tipo de pagos en un porcentaje determinado.

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