Deducciones por obras edificio

Acercándose las fechas de la declaración de la renta, me dirigí al administrador al objeto me aportara certificado de reparaciones en terrado y fachada del edificio donde vivo, obras realizadas en el año 2011 por importe de 2500 euros, todo ello para degravarme el coeficiente aplicable en mi declaración de la renta.

El administrador me dice que el no puede aportar dicho documento, por 2 razones: La primera porque según manifiesta cogió la administración en enero del 2012. Y la segunda, porque según sigue diciendo no encuentra la factura de dicha reparación, aunque si encuentra dicho apunte contable, no obstante se niega a hacerme dicho certificado, y me traslada a que hable con el presidente.

La presidenta actual del 2012, me contesta que ella no entiende de estas cosas, y me vuelve a mandar a que me lo solucione el administrador.

Nuevamente me presento al administrador, y luego de instarle a que me de solución al tema, me dicen que las obras realizadas a lo que se hacen mención, las realizo un propietario de dicho inmueble, que estuvo de presidente en esa fecha del 2011 y que el realizo el trabajo, y el mismo se cobro la reparación, y que por tanto no existe dicha factura, manifestando el administrador que el no puede hacer dicho certificado.

De acuerdo a lo anterior me dirijo al propietario que hizo la obra y fue presidente el año 2011 y cuando le comente lo aquí expuesto, se molesto tanto, que me cerro la puerta y no quiso atenderme.

Por todo lo expuesto, cual es mi proceder y que puedo hacer.

Como siempre agradecer de antemano su servicio, quedando en espera de sus noticias atentamente un saludo.

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Tema complicado ya que lo que piden para poder desgravarse las obras es que se tenga la factura y que no se pague en efectivo.

Por otro lado nosotros en una de las comunidades lo que hicimos fue aportar un certificado por parte del administrador conforme se hicieron unas obras en la comunidad por tanto importe para la rehabilitación de la fachada, y se les facilito a cada propietario.

Pero le vuelvo a decir que hacienda lo que pide es la factura y que esta no se haya pagado en efectivo, por lo que si se la pidieran usted no podría aportarla.

Por otro lado si el administrador actual no tiene nada que ver con aquello es normal que no certifique nada.

Lo que puede certificarle o aportar usted es el acta en la que se recoja como gasto dicha obra es decir en la que se aprueben las cuentas con ese gasto de reparación pero aún así nuevamente debe la comunidad tener la factura y haberla pagado sin ser en efectivo.

Lamento decirle que hay que tener mucho control con estas cosas en las comunidades.

Un saludo.

Pd: no se me ocurre otra cosa, lo que si puedo decirle que estas medidas fiscales de desgravar las obras es para contrastar que el que la realiza lo declara y parece que en este caso no es así.

Buenos días;

De acuerdo a su respuesta, lo que si se puede demostrar, es ,que el importe gastado, se ha cobrado mediante un talón bancario, y por otro lado en el libro de actas de la comunidad, también esta redactado dicho trabajo.y su gasto.

Aquí lo que ha ocurrido es que el que estaba obstentando la comunidad, hacia aquello que que a el le venia en gana sin consultar con los propietarios, y luego el mismo se ponía el importe a cobrar, haciéndose el talón correspondiente.

Con relación a eso pídale al administrador que certifique ese acuerdo y ese cheque y si se lo hace presentelo en hacienda si se lo solicitan. Lo que pasa que el marrón se lo pasarán al administrador que no tendrá la factura y luego al presidente en esa fecha y luego a la comunidad por no pedir la factura, o sea un lío que se puede complicar.

Lamento no poder darle un solución real.

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