Trámites y pasos a seguir para dar de alta nuestra nueva comunidad de vecinos, cuotas y organismos

Nos van a entregar los pisos que hemos comprado. Somo ocho vivienda en la comunidad y la verdad no tenemos ni idea de los tramites a realizar para el alta de la comunidad. Nos podrías indicar los pasos a seguir para crear la comunidad, a que orgranismos debemos ir y como repartimos las cuotas.

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La cuestión que nos plantea está sometida a múltiples trámites, con lo que le recomendamos que contacte con un profesional para llevarlos a cabo. No obstante, a grandes rasgos, la cuestión básica es la redacción del titulo constitutivo (escritura de división horizontal) de la comunidad, para que ésta pase a tener tal consideración. En esto es muy importante el papel de la promotora que ha realizado la construcción, pues contará con planos detallados y ha de entregar a la Comunidad de Madrid el "Libro del edificio". Entre ambos documentos contarán con una descripción detallada de cada componente de la finca.
En cuanto al otorgamiento del titulo constitutivo, deducimos que ya existen contratos privados de compraventa de cada propiedad individual. Si este es el caso, dependiendo de su contenido, serán el promotor o los propietarios quienes otorguen la escritura correspondiente. Es muy importante su redacción, a la que aconsejamos que acompañen unos estatutos, dado que será el documento por el que se rija la convivencia a partir de su inscripción en el Registro de la Propiedad. A tales efectos, es crucial la exacta descripción del edificio con todos sus detalles, zonas comunes y propiedades privadas, y el otorgamiento de porcentajes de participación, proporcionales a las superficies y características de cada propiedad individual, dado que en función de éstos se determinará la aportación de cada vecino a los gastos comunes. También se han de describir los usos que se podrá dar y las excepciones que libremente acuerden, aunque de forma unánime, para cada piso, todo ello siempre dentro de los márgenes que leyes de rango superior establezcan. Por ejemplo: la participación de los bajos y locales comerciales en los gastos de ascensor, la posibilidad de utilizar las propiedades para despachos profesionales, etc.
Una vez realizado este trámite, únicamente tendrían que convocar la Junta de Constitución en la que deben realizar la aportación inicial al fondo de reserva y elaborar el primer presupuesto, además de nombrar la primera junta de gobierno.
Todo esto es a grandes rasgos. Insistimos en la conveniencia de que consulten con profesionales para estos trámites.

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