Ruido aparato de negocio en azotea

Hace unos meses compré una vivienda en un bloque de vecino. Es la segunda planta, justo debajo de la azotea. En dicha azotea hay un pequeño torreón en el que el dueño de la carnicería de la planta baja ha colocado hace unas semanas dos aparatos enormes y uno de ellos funciona la 24 horas del día, haciendo un ruido similar al de un aparato exterior de aire acondicionado pero a lo bestia. En mi salón y dos de mis habitaciones, aún con las ventanas cerradas se oye el zumbido procedente de esa máquina, que si bien a las tres de la tarde es casi imperceptible, de madrugada no nos deja apenas dormir. La cuestión es que probablemente ese ruido no supere los decibelios permitidos, por lo que no creo me sirva de nada llamar a la Policía Local, pero por otro lado escuchar ese zumbido las 24 horas (creo que se transmite por vibración a la estructura del edificio) es insoportable. He hablado con el dueño en dos ocasiones pero el tío me pone buena cara y poco remedio. Le he pedido que insonorice el aparato, El administrador es un pasota de cuidado y lo llamo y me da largas igualmente. Y los vecinos me dicen que lo sienten, pero que solamente yo y mi vecina de enfrente tenemos el problema (somos la última planta y los dos estamos situados justo debajo del torreón) así que lo arreglemos nosotros. No sé dónde acudir y si puedo luchar contra esto o no. Imagino que el dueño del negocio instaló el aparato industrial allí arriba al observar que los vecinos teníamos los aparatos de aire acondicionado en la azotea.

Respuesta
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Lo primero, lamento la pasividad de su administrador. Según la LPH, el uso de la azotea para cualquier tipo de uso, incluyendo la instalación de aparatos de ventilación, debe ser aprobado por unanimidad de todos los propietarios. Conque solo uno se negase a que lo coloque, nunca debería haberse instalado. Envíe un escrito al administrador donde le indica que la instalación de dichos aparatos no ha sido aprobada en junta de vecinos, por lo cual le exige que, atendiendo a la LPH Artículo 17 (modificaciones de zonas comunes) y Artículo 20 (obligación del administrador de apercibir a quien incumpla la ley).

En caso de que no le hagan caso, tiene usted capacidad de demandar al administrador por falta de pericia y dejadez en sus funciones, y a su vecino por saltarse a la torera la LPH y no pedir permiso para hacer uso de la azotea. Es un proceso caro (entre 4.000€ y 6.000€) pero le compensará con creces poder dormir. En la misma demanda, puede incluir una petición de indemnización por daños y perjuicios al dueño del local. De cualquier modo, le recomiendo acercarse a un abogado en derecho civil para que valore el caso, pues muchas veces un simple burofax firmado por un despacho tiene el efecto disuasorio que usted necesita, y retirará o acondicionará el aparato.


www.bgasociados.es

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