Prescripción de acuerdos en junta.
Le explico la situación, hace un año exactamente celebramos Junta extraordinaria de propietarios donde en la misma se aprobaron unos acuerdos entre los cuales realizar reformas, para lo cual, se acordó una derrama a ingresar, la cual, en su importe exacto se notifica en el acta que se envía a todos los propietarios para proceder cada uno a ingresarlo en la cuenta de la comunidad. Este es desde siempre, el uso y costumbre a través de los años, es decir, hasta que no se recibe el acta donde se especifica el importe, no se ingresa.
Pero, la circunstancia es esta, En esta Junta no acude el presidente por encontrarse ausente de la finca bastante tiempo, asume la presidencia de la Junta la vicepresidenta, el administrador no envía el acta porque la vicepresidenta dilata su firma para cerrar la misma diciendo que no tiene tiempo con excusas. Así ha pasado un año sin hacer nada.
Ante esta situación, mis preguntas son:
1) Como ha transcurrido un año desde la Junta, no tenemos acta de la misma y nadie ha ingresado nada por derrama, ¿han prescrito los acuerdos que en teoría se adoptaron en dicha Junta?.
2) Si se dilata más en el tiempo esto, ¿puede prescribir?.
3) ¿Cómo se puede tratar y solucionar esto?.