Cambiar sentido de apertura de la puerta de entrada de mi casa

Hace poco he comprado un piso y quiero cambiar la puerta de entrada. Ahora abre hacia la izquierda, y por espacio, yo quiero que abra hacia la derecha, pero manteniendo la misma estética de puerta que el resto de vecinos, ¿podrían llamarme la atención por hacer ese cambio en el sentido de la apertura? ¿Tendría qué consultarlo con la comunidad antes de hacerlo?.

Por lo que me han contado, la Comunidad de Propietarios no tiene estatutos y hay algunos vecinos que han cambiado el sentido de apertura de su puerta de entrada.

Y al no tener estatutos, ¿qué ley debo usar para conocer mis derechos y obligaciones (más allá de los marcados por el sentido común, claro)?.

Respuesta
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Realizar por su cuenta el cambio del sentido de abertura de la puerta de la vivienda no afecta a la estética ni previsiblemente puede ser objeto de reclamación siempre que mantenga la misma y la única modificación sea la indicada.

La ley básica que regula la normativa de una Comunidad de Propietarios es la Ley de Propiedad Horizontal

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