Derrama no necesaria (parte 2)

Hola,

Una duda, me dijiste que si la suma total de esa derrama sobrepasaba los gastos de comunidad del año, no estaba obligado a pagar. En mi caso, el resto de la derrama sobrepasa en 70,00€ pero me piden que ingrese para esa derrama una parte en el 2013 y la otra en el 2014. Como el pago de dicha derrama se hace en dos años ya no sobrepasa el pago de comunidad del año por lo que pregunto: ¿Si estoy obligado a pagar?

Gracias.

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Bien, no me queda claro una cosa:

En la Junta en que se votó:

¿Estabas presente? Si es que sí, ¿Qué votaste? ¿Salvaste el voto? Si no estabas presente, ¿manifestaste tu oposición por escrito? ¿Invocaste el art. de la ley de propiedad horizontal que te ampara?

En principio, no estarías obligado a pagarla PERO... debes proceder como prescribe la ley para acogerte a ella. Necesitaría conocer EN PROFUNDIDAD TU CASO para indicarte sin ningún género de dudas. Ademas, si te aconsejo como digo, es en creencia a "pies juntos" de que las obras no son necesarias, como me indicas, bajo tu punto de vista, sin conocer los puntos de vista existentes y cuales son las obras en general, creo que te estoy aconsejando a ciegas, y eso puede traernos problemas a ambos. Así que ten mi consejo con la mayor de las reservas posibles...

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