Obligaciones del presidente de una comunidad de vecinos.

Me gustaría saber si entre las funciones obligatorias del presidente de una comunidad de propietarios figura la de instalar bombillas en la escalera en sustitución de las estropeadas. En este caso, la propietaria de la vivienda no reside en la misma.

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La respuesta es no y la contestación es si se cae el presidente de la comunidad o se electrocuta mientras cambia las bombillas quien va a pagar esa indemnización.

Por ello se hace un presupuesto en la comunidad para gastos comunes y si otros presidentes lo han hecho bienvenido sea.

El presidente es el representante legal de la comunidad y no el manitas de la comunidad.

Lo que si es cierto que si una persona que ejerce como presidente acomete esas reparaciones bienvenido sea, pero no me gustaría ver a un presidente de la comunidad por el tejado cambiando las tejas sin ser un técnico. Si se cae menudo disgusto para la comunidad y menuda indemnización.

Es un ejemplo extremista pero es la realidad. Seamos lógicos y solidarios si una persona puede cambiar una bombilla común que lo haga puesto que es un beneficio para todos pero imponérselo no es de ley.

La respuesta es NO.

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