¿Tengo obligación de participar en los gastos de la comunidad?

Tengo un local totalmente independiente del bloque de pisos donde está construido (entrada, salida, luz, agua etc.). Los propietarios de los pisos han realizado unas mejoras en el interior del bloque, creo que ha sido en las azoteas y patios de luz. Estas zonas no las disfruto directamente por la razón antes mencionada. Los locales tenemos nuestra comunidad de propietarios independiente del bloque. Mis dudas son: ¿Tengo obligación de participar en los gastos citados, sin haber participado en nada hasta ahora? Y ¿Sí esto fuera así, en que me puedo basar para justificarlo?

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Tiene que consultar el título constitutivo de la comunidad que es la escritura de obra nueva o división horizontal de la comunidad, allí se establece si pertenece a la comunidad y en caso de pertenecer el coeficiente que tiene de gastos y las exenciones como podria ser lo que usted describe. Art. 5 LPH

Este documento lo tiene que tener el secretario o administrador de la comunidad, tambien puede solicitarlo en el registro de la propiedad de su localidad.

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