Inhabilitar administrador de comunidad de propietarios

Un vecino denunció al administrador (por contratar en negro sin dar de alta en Seguridad Social, facturas en negro) tanto en nuestra comunidad como en otras comunidades. Hacienda y Trabajo han puesto multas, que por lo visto vamos a pagar los vecinos porque habíamos aprobado las cuentas.

¿Puede este administrador ser denunciado en la comisión deontológica por cualquier vecino=? ¿Puede ser inhabilitado profesionalmente? ¿Qué requisitos se necesitan para inhabilitar profesionalmente al administrador?

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Lo primero es saber si el administrador es colegiado o no. Y por otro lado el único que puede inhabilitar para ser administrador es un juez. Por lo que deberán presentar la pertinente demanda (responsabilidad civil) o denuncia (responsabilidad penal) con todas las pruebas de las que dispongan.

Sí, está colegiado.

Para presentar el caso a un juez para inhabilitar a un administrador, me gustaría saber lo que le preguntaba: qué requisitos para inhabilitarlo son necesarios (o le hago la pregunta de otra manera, en qué ley y en qué art. se indican las causas de inhabilitación profesional de un administrador de fincas -para que yo pueda ver si en alguna de ellas puede ser aplicable-)

Por otro lado, si está sancionado tanto por una inspección de hacienda como otra de trabajo, me extraña que además haya que ir a un juez para inhabilitarlo, y no se pueda hacer directamente desde la inspección de trabajo o hacienda, o desde la fiscaliía del Estado.

Y también me extraña que no se pueda acudir al Colegio de Administradores que tienen comisión deontológica, y sabiendo el resultado de la inspección de Trabajo y de Hacienda, pues tomen medidas, ¿que digo yo estarán estipuladas en los artículos del colegio?

El juez es la persona que inhabilita a alguien y por otro lado el colegio como mucho lo podrá inhabilitar como administrador colegiado pero en España no es obligatoria la colegiación para trabajar como administrador. Las leyes que deben de fundamentarse son los artículos del código civil con respecto a los contratos. Lo que pueden es multarlo y demás pero para inhabilitarlo lo veo muy complicado y mas para que un juez lo haga.

¿En qué art. de qué ley están las causas de inhabiitación? ¿cuales son esas causas?

No hay ningún art. en ninguna ley que inhabilite a un administrador de fincas para el cargo.

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