Responsabilidad por rotura de bajante por acción del propietario de la vivienda
Soy presidenta de una comunidad de propietarios y nos ha surgido un problema con una rotura en una bajante general de la comunidad en la casa de un propietario y realmente no sé que hacer.
El problema reside en que hace 7 años este propietario ( planta 3ª ) realizó obras en su casa que dañaron una parte de la bajada general de la comunidad que causaron daños al vecino de abajo ( planta 2 ª ). En aquel momento el propietario arregló, en principio, dicha bajante. No se nos informó si se había cambiado la tubería dañada ( que era de uralita ).
Dicha reparación no se realizó por ningún fontanero privado, por lo que nos hemos podido enterar en el día de hoy, sino por un familiar del propietario.
Hace pocas semanas el vecino de la planta 2ª volvió a tener los mismos problemas que hace 7 años. Esta mañana conseguimos que el propietario de la planta superior permitiera romper para localizar el problema. Se ha descubierto que el problema reside en la misma tubería general de aquel entonces, que no se sustituyó.
Mi pregunta es, si el propietario ´que causó el daño en la bajante general del edificio no sustituyó en su momento la bajante de uralita dañada ¿quién es el responsable de hacerse cargo del arreglo del mismo tramo de bajante? ¿El propietario que causó el daño en primer termino y no sustituyó la tubería dañada o la comunidad de propietarios?.
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