Facturas atrasadas de luz

Hace un año y cuatro meses abandoné un piso en el que estuve en alquiler. Cuando entré no había luz dado que llevaba mucho tiempo cerrado, por lo que el dueño llamó para darla de alta, y lo hizo a su nombre.
Varias veces le comenté que, pese a tener suministro, no recibía facturación. El propietario no hizo nada en su día, pero a fecha de hoy me reclama 1990 euros, por el período diciembre 2008 a agosto 2010.
Cuando me fui, nadie tomó ninguna lectura ni me informó de nada más, y es cierto que yo tampoco insití más.
La cuestión es que, después de mí, han habido más inquilinos en ese piso, y lo que han hecho con el importe que les han facturado, es hacer una especie de promedio por el que a mi me reclaman esa cantidad, que es la que consideran que me corresponde.
Yo vivía solo y apenas estaba en casa, por lo que este importe me parece elevado para el consumo que yo pudiera tener entonces.
Mi pregunta es: ¿Tiene derecho a reclamarme? ¿Tiene derecho a imputarme consumos que no pueden no ser míos? ¿Puede reclamarme un año y pico después de haber abandonado el piso?

2 Respuestas

Respuesta
1
La verdad que a priori no esta nada bien esa reclamación. En realidad si puede reclamarte el consumo pero para ello, ha de justificar en los meses en que viviste en casa el consumo con lecturas reales que tuviste. Puede hacer un promedio pero siempre tomando lecturas reales del periodo en que estuviste en el piso para así saber tu consumo real y que no quiera facturarte el consumo de otros inquilinos.
De todas formas, mira en tu contrato o informate de manera legal de si puede o no reclamarte tras dejar el piso y finalizar vuestro contrato, el consumo eléctrico de hace tanto tiempo.
Respuesta
1
Si en el contrato constaba que el suministro de luz iba a su cargo, pues obviamente, si tiene derecho a reclamarle. En cuanto a los consumos, si corresponden o no, lo que ha de hacer es exigirle que le aporte todas las facturas que le reclama para poder comprobar que la cuantía se corresponde con ellas. Dado que es una deuda personal, entiendo tiene un plazo de 15 años para reclamárselo.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas