Seguros no se hacen cargo de bajantes

Vengo de hablar con la administradora de mi comunidad de vecinos, dice que solo tenemos contratado con Mapfre cobertura para incendios y R.C (respons. Civil) con lo cual, cualquier problema de elemento común que no sea eso lo tenemos que poner por nuestra cuenta.
Hace 2 años el vecino de arriba (4º) yo vivo en un 3º, para evitar problemas de atrancos sobre-dimensionó las tuberías de su taza del water (supongo... Tampoco estoy segura, es lo que me han comentado que puede haber pasado) y desde entonces cada vez que tiran de la cadena el peso del agua hace que succione todo el aire de las bajantes y salga por donde mas cerca tienen, mis sifones (con lo cual tengo que estar con los tapones en el baño y lavabo y por supuesto la tapa de la taza bajada todo el tiempo) aun así por las rejillas y orificio del lavabo se cuela, me han dicho que es debido a mala ventilación en la salida del tejado de las bajantes y que la obra podría ser costosa,
NO TENGO VENTANA EN EL BAÑO, con lo cual imagínese los olores a cloaca de toda la comunidad pasan por mi casa, la única forma de eliminarlos es abrir ventanas por toda la casa, con la pestilencia, incomodidad y el gasto de calefacción,-aire acondicionado y mis mejores deseos para el vecino insolidario e insociable, que el tema es que nunca se hace cargo de nada que le afecte, por eso me lo veo venir...
La pregunta, y disculpe que no sepa concretar mejor, ... Si se niega a decirme que seguro tiene, o darme el teléfono de su seguro o llamar el a su seguro (que es lo que le corresponde) o decirme que no tiene... (supongo que si debe estar obligado a tener porque tiene inquilinos) ... YO QUE PUEDO HACER?
La administradora dice que no corresponde a los demás vecinos, y que además no van a querer hacerse cargo porque la casa es de los años 60 y a nadie le ha afectado ni le afecta este problema mas que a mi, porque no es algo común de déficit de construcción ni mantenimiento sino debido a las obras del vecino.
Si el de arriba se niega o pasa de mi problema, ¿dónde o a que juzgado debo dirigirme? Y aun mas importante, ¿supone algún gasto para mi la justicia si no logro probar que tengo olores pestilentes gracias a el y su obra?
Disculpe la extensión!

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Me permito transcribir una respuesta que día ayer por un caso similar referido a molestias por humos, que en mi opinión resulta extrapolable a su caso debido a molestias por olores:

"Si tiene seguro de hogar, comprobar si tiene cubierta la reclamación por dicho motivo.
Ojo... no hablo de cobertura de daños (pues supongo no estará cubierto al tratarse de humo continuado), sino de cobertura de -Protección Jurídica- (o similar).
Muchos seguros de hogar, a través de la garantía de protección jurídica, cubren la defensas de intereses por molestias ocasionadas por vecinos como consecuencia de emanación de humos, gases, ruidos, etc.
No todos los seguros lo cubren (tendrá que mirar su póliza).
Si lo tiene cubierto, comunique el siniestro, al objeto de que su aseguradora inicie una reclamación (amistosa y/o judicial) contra el vecino molesto.
Pero si no tiene seguro o su seguro de hogar NO cubre dicha reclamación, no le quedará más remedio que acudir a un abogado particular, y ponerse en sus manos.
Supongo que su abogado formularía una reclamación amistosa al vecino molesto, y si éste no soluciona el problema, no quedaría más remedio que formular reclamaciones administrativas (ayuntamiento, etc.) y/o judiciales, contra dicho vecino molesto.
Es algo engorroso, indeseable, etc.; pero con algunos vecinos no queda otra solución.
A veces funciona a la primera (se lo toman en serio cuando reciben la primera carta del abogado); a veces a la segunda (cuando reciben una inspección de urbanismo); y a veces a la tercera (cuando reciben una citación judicial); y a veces a la cuarta (cuando un juez les obliga a hacer o no hacer algo, derribar algo, y/o indemnizar al perjudicado).
LA SOLUCIÓN COMIENZA POR PONERLO EN MANOS DE UN BUEN ABOGADO, a ser posible de confianza y especialista en temas civiles-inmobiliarios.
Lógicamente conlleva gastos (salvo que lo tenga cubierto por su seguro)
Y a partir de ahí, lo mejor es NO amargarse la vida, dar los pasos correctos, y tener mucha paciencia.
Suerte.
Cris."

muchas gracias, si, justo ese es el tema, solo que justo también ayer me indicó mi seguro que como no lo tenía contratado (defensa jurídica con Arac) no podía hacer uso de ello, me queda dar los pasos por ayuntamiento o preguntar en el juzgado porque yo no tengo nada de dinero con el que pagar un abogado,

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El seguro de su vecino no le va a cubrir algo que ha ocasionado el con una obra, lo único que puede es denunciarle a el y si se han modificado en esas obras a la comunidad también.

Hable con su seguro que lo normal es que tenga contratada defensa jurídica dentro del mismo, hable con ellos y le indicaran los pasos a realizar y le saldrá el abogado gratis.

Mucha suerte y un saludo Adjunto enlace por si quiere consultar éste u otros artículos de la Ley de la Propiedad Horizontal.

hola, y gracias por contestar, ... no se supone que lo básico de un seguro es cubrir la R.C. responsabilidad civil? sobre los daños que ellos ocasionen?' Pregunté y con mi seguro particular no tengo contratado defensa jurídica, que claro, es un pago aparte, y me dicen que si pago y contrato de nuevas ahora el paquete defensa jurídica este caso ya no me va a entrar, lo que no tengo en la actualidad es dinero, y ya se sabe que sin dinero, todos son problemas, gracias,

El problema es que su seguro no tiene ésta cobertura con lo que debe denunciar a su vecino si no es a través de su seguro no le queda otra que con un abogado.

creo que no entendió mi ultimo correo.... me referí a esto:

vd dijo
". El seguro de su vecino no le va a cubrir algo que ha ocasionado el con una obra, lo único que puede es denunciarle a el y si se han modificado en esas obras a la comunidad también.".......... y yo le preguntaba, que si el vecino con una obra me echaba a mi todos los malos olores de la bajante, el seguro que él tenga contratado debería reparar los "daños" causados.
Ese es el principio de la RC no? y lo básico también, como en los seguros de coche que lo básico es reparar daños ocasionados a un tercero

Le pongo un ejemplo, una persona conduce ebria y se choca contra otra, el seguro de la persona que esta bebida no va a cubrir los daños y se eximirá, en este caso lo normal es que sea igual porque las coberturas no contemplaran esas modificaciones por ser ilegales.

De todos modos puede intentar que de el parte

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