Temporal de viento y pinos caídos.
Buenas tardes,
Leí en mi póliza que me pagarían 120 eur por cada pino afectado por -en este caso- el temporal de viento, "salvo haber pactado otras condiciones".
Quisiera saber si, no habiendo pactado condiciones especiales al respecto, normalmente me cubrirían, a parte de este importe, la retirada de los pinos caídos y/o a medio caer.
En principio, ¿un pino da derecho a indemnización sólo si ha caído al suelo, o también si ha quedado apoyado en otra estructura? ¿Y si se ha movido lo suficiente como para suponer que caerá más adelante (habiendo roto en parte su pared de contención)?
Saludos cordiales, y muchas gracias de antemano.
Leí en mi póliza que me pagarían 120 eur por cada pino afectado por -en este caso- el temporal de viento, "salvo haber pactado otras condiciones".
Quisiera saber si, no habiendo pactado condiciones especiales al respecto, normalmente me cubrirían, a parte de este importe, la retirada de los pinos caídos y/o a medio caer.
En principio, ¿un pino da derecho a indemnización sólo si ha caído al suelo, o también si ha quedado apoyado en otra estructura? ¿Y si se ha movido lo suficiente como para suponer que caerá más adelante (habiendo roto en parte su pared de contención)?
Saludos cordiales, y muchas gracias de antemano.
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Respuesta de gargoles
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