Consulta despacho

Buenas tardes.
Tengo un local en bajo de mi casa, es una vivienda unifamiliar (bajo local y vivienda en la primera planta). El local actualmente lo utilizo como garaje, el local tiene 127 m2, licencia ocupación, y una puerta automática de garaje.
Voy a abrir un despacho profesional, en este local, mi intención era, que accedieran los posibles clientes por el portal . Desde el portal se accede a una puerta lateral, que entraría local y las escaleras que suben a la vivienda. No se si me explicado bien. Mi consulta, puedo hacerlo así, o me van a exigir que ponga alguna puerta del local a la calle directamente.
Gracias de antemano.

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Entiendo tu pregunta. No conozco de ninguna normativa que impida que los clientes de un despacho profesional tengan acceso al mismo por la misma puerta que se accede a la vivienda. En mi opinión sería el mismo caso que si tuvieras el despacho profesional dentro de la vivienda (al estilo tradicional). Lo que sí te van a exigir, si vas a tener visitas habitualmente ajenas a la edificación, es que cumplas la normativa de prevención de incendios, es decir que instales un extintor, iluminación de emergencia y señalización tanto de la salida como del extintor visible en la oscuridad.
Una cuestión que tienes que tener en cuenta es que según el Código Técnico de la Edificación las dependencias de un edificio han de utilizarse de acuerdo con el uso declarado en el proyecto siendo necesaria la realización de un proyecto adicional para cambiar el uso. Esta es la teoría. La práctica, como casi todo en este país, será muy elástica. En tu caso me imagino, sin haber visto la edificación, que se tratará de un tema de instalaciones (calefacción, iluminación etc) y de aislamientos ya que los garajes ni se suelen calefactor, la iluminación que llevan suele ser insuficiente para desarrollar un trabajo de oficina y suelen no llevar aislante. O puede que sí según como sea la construcción

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