Obligaciones contratista.

Hola.
Tengo una serie de cuestiones, pero antes les pongo en contexto:
Compré un piso en verano de 2008, me instalé en verano de 2009, momento que di de alta los servicios(luz, agua, gas, etc...) y su pesta en marcha de aparatos(caldera, aire acondicionado, etc...)
1. Tengo derecho a la garantía de puesta en marcha de 2 años del aire acondicionado, ¿o simplemente la garantía es desde la fecha que compro el piso?
2. Arreglos necesarios desde la compra del piso, de grietas, ventanas que no cierra, etc... Cuantto tiempo tengo de garantíao que sus arreglos.
3. Todo lo mencionado anteriormente, debe responsabilizarse el cosntructor de dicha obra, y si es así, cuantos años debe encargarse de arreglos, ¿etc?
Un saludo y gracias por su tiempo.

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En 1º lugar te comento que la LOE establece unos plazos de garantía los cuales empiezan a contar desde la entrega por parte del constructor al promotor (mediante un acta de recepción -documento interno entre ellos-), no al plazo desde que el promotor le vende al propietario (aunque pienso que debería ser así).
Entonces estos plazos son de 10 años para fallos estructurales, 3 para elementos constructivos (fachadas, cubiertas, etc) y de 1 año para fallos de acabados.
Así que si estos desperfectos no están causados p.e. por un fallo estructural siento decirte que no te cubre la garantía, aunque eso no quita que le mandes un escrito a la promotora reclamándole el arreglo de dichos desperfectos, hay veces que si son empresas serias y con "nombre" suelen arreglarlo sin problemas.
En 2º lugar con el tema de las maquinarias decirte que estas implícitamente tienen 2 años de garantía desde su plazo de venta (se supone desde que se la vendieron al promotor).
Saludos, espero haberte aclarado tus dudas, si tienes alguna más quedo a tu disposición.

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