¿Se deniega la Cédula para "departamento estudio"?

El Departament d'Habitatge de la Generalitat de Catalunya condiciona la concesión de una Cédula de Habitabilidad a hacer el cambio de uso a vivienda porque la escritura pone "departamento estudio" y no "vivienda". ¿Es acorde a normativa? ¿En qué parte del Decret d'Habitabilitat consta?. Muchas gracias

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Según la normativa el inmueble debe estar escriturado como vivienda o de uso vivienda. Para obtener la cédula debería hacer un cambio de uso a vivienda en el ayuntamiento en cual le requerirá una serie de cambios en el inmueble según sus características para ajustarse a la normativa vigente.
Le adjunto la normativa:
http://www.gencat.cat/diari/5357/09092022.htm
Si necesita algún tipo de gestión o servicio nosotros trabajamos en la zona de Barcelona.
No me queda claro. He revisado el Decret y la única parte donde consta algo es la Disposición Transitoria Primera, Punto 2:
"...les cèdules d'habitabilitat obtingudes amb anterioritat a l'11 d'agost de 1984 només poden ser renovades si s'acredita que les entitats per a les quals es demana tenien la condició d'habitatge, de conformitat amb la legislació que els era d'aplicació en el moment de concessió..."
Un estudio es una vivienda. Si es necesario, tal vez se podría acreditar esa condición con recibos antiguos. Agradecería una aclaración sobre este punto y desde ya muchas gracias.
En principio dependerá de la generalitat si acepta el estudio como vivienda pero por lo general y experiencia propia no suele ser así. Suelen ser muy cerrados y debe reflejarse que exclusivamente sea vivienda.
Si cumple con las condiciones expuestas para los inmuebles antiguos para habitabilitat mínima puede acercarse al ayuntamiento e informarse de los trámites para realizar el cambio de nombre a vivienda.
Por otro lado podría consultar un notario y resolver mediante los recibos anteriores y otra documentación relativa en su poder que justificase que siempre ha tenido el uso de vivienda y así cambiarlo en las escrituras.
La concesión de la cédula de habitabilitat de segunda ocupación la certifica un arquitecto mediante una visita al inmueble comprobando que cumple la legislación vigente. Mediante este certificado y la solicitud en el departamento pasadas unas 3-4 semanas obtiene la cédula de habitabilitat sin mediar la escritura de por medio. Si ese es su problema podría tramitarlo de forma similar.

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