Casa no declarada en terreno urbano

Hola, compré un terreno urbano (urbanizable) con una construcción sólo de una planta y acabada toda la estructura sin papeles, se lo hizo el antiguo dueño él mismo poco a poco, no aparece en escritura... Para legalizarla...¿qué tengo que hacer?, ¿Puedo acabarla (tan solo queda poner puertas y ventanas .. Vamos que obra mayor ninguna) y luego pedir un alta de obra?, me gustaría que todo lo que haga tenga valor en el futuro y sea legal. Tiene una casa de 20 m2 en el terreno que día aparece en escritura y es simplemente una habitación. Gracias de antemano. Jose Antonio.

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Si el terreno es urbanizable, mientras no se desarrolle la urbanización posiblemente esa edificación no pueda legalizarse, ni dará derecho a indemnnizaciones.
En función de la antigüedad demostrable de la edificación (normalmente si tiene más de 6 años) puede inscribirse como fuera de ordenación, no le daría derecho a indemnización cuando se desarrolle el urbanizable, pero podría ponerle las puertas y ventanas.
Hola de nuevo, si que es urbanizable el terreno, de hecho está en una urbanización con todos los servicios, la edificación no tiene más de 6 años aunque no se puede demostrar ya que no hay papeles que lo acrediten, me interesa legalizar la construcción porque tengo intención de terminar la casa (ya tiene tabiques interiores) que le faltan los últimos retoques y me imagino que para asegurarla necesita que aparezca registrada ... ¿no?.
No entiendo muy bien lo de la indemnización,,, ¿a qué ses refiere?
Muchas gracias de nuevo.
Si el terreno es urbanizable hay que hacer un proceso de urbanización para que sea urbano. Dentro de ese proceso las edificaciones legales son objeto de valoración e indemnización dentro del proceso de reparto o compensación.
Si como comenta, está ya realizada la urbanización, es de suponer que ya se ha convertido en urbano. Estando aprobada y recibida por el ayuntamiento la urbanización. En ese caso para legalizar la edificación tendría que presentar en el ayuntamiento un proyecto de legalización y remate de las obras. Una vez tramitado, conseguida la licencia y rematados los trabajos; se podría inscribir como obra nueva como cualquier otra.

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