Casa de madera en terreno rustico

Mi pareja ha comprado un terreno (2064m) con casita de madera (25m) en Corbvera (Valencia). El campo está ''dividido'' en dos partes: un campo de naranjos y la zona de la casita (que esta vallda). La casa tiene una cocina/comedor, habitación y baño. Cuenta con fosa séptica y agua de pozo, para la luz se usa un generador. Resulta que los anteriores dueños pagaron una multa al ayuntamiento por infracción urbanística grave (algo más de 4000 euros) en el año 2009 y también un impuesto municipal de construcción por edificación, en el mismo año. Desde entonces y hasta la fecha de hoy se pagan las tasas correspondientes de tratamiento de residuos y también el IBIR (impuesto de bienes inmuebles rustica). Ahora nosotros queremos poner unas baldosas alrededor de la casita (a modo decorativo) y también una barbacoa (de esas de piedra, tipo leroy merlin), y en un futuro no muy lejano, una piscina de fibra (y la obra que conlleva). Nuestra duda es si tenemos que pedir permiso al ayuntamiento para dichas modificaciones, ahora que la multa está pagada, o bien, si no pedimos ningún tipo de permiso, podrían sancionarnos de nuevo, y en tal caso ¿se tendría en cuenta la multa ya pagada? ¿Existe algún tipo de tiempo limite, que una vez transcurrido, garantice la no derivación de la casita? Espero haber me explicado de manera que se me entienda.

2 respuestas

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Siempre hay que pedir permiso para realizar obras.
Las obras que se pretenda realizar tienen que ser autorizables para poder hacerlas.
Si no piden permiso les pueden sancionar tantas veces como sea necesario hasta que se regule la situación.
La multa anterior fue por una causa y solo afecta a esa causa.
Si ha habido un expediente están obligados a cumplir la sanción y regularizar la situación (demolición, legalización o lo que sea pertinente según la normativa), de no hacerlo les pueden sancionar repetidas veces (y de modo creciente) y no se puede inscribir. Si no hubiese expediente previo normalmente a los 5 o 6 años (depende de la autonomía) se puede inscribir como fuera de ordenación.
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A ver, el hecho es que dado que la casa esta en suelo rustico, entiendo no cumple con los mínimos que fija la normativa urbanística valenciana, para la construcción en rustico, con lo que ha de tener claro, que por el hecho de que la multa anterior ya fuese pagada, no quedó legalizada la vivienda. Con lo que lo más lógico es que ahora tengan problemas al pedir la nueva licencia. En cuanto a si les multaran nuevamente es probable, ahora, si es cierto que la experiencia por la zona en estos casos, me dice que en pueblos de no excesiva población, para no tener problemas los Ayuntamientos, se conforman con el cobro de la multa, sin continuar exigiendo la demolición.

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