Fuera de ordenación
Para que unas construcciones tengan la consideración de fuera de ordenación donde tiene que figurar esa anotación o como swe si esta fuera de ordenación.
En las escrituras figura el texto "Y en consecuencia, habiendo transcurrido el plazo legar de prescripción fijado en 4 años a contar desde su comisión para las infracciones urbanísticas graves conforme los art. 262, 263, disposición transistoria 5ª en su caso y concordante de la Ley sobre régimen del suelo y ordenación urbana de 26 de junio de 1992y art. 52 y concordantes del Real Decreto 1993/97 de 4 de junio aprobatorio de las normas complementariasal Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecariasobre inscriccion en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza urbanística, dicha edificación se encuentra incorporada al patrimonio de su titular sin necesidad de cumplir los requisitos de la Ley del Suelo y demás nada onsta a su inscripción en el registro de la propiedad".
Así mismo paso a redactar otro fragmento del escrito del registrador.
"INSCRITO habiendo sido notificado al Ayuntamiento la inscripción de dichas fincas en espera de contestación por parte de dicho Ayuntamiento por plazo de 30 días, sin haber ostenido contestación en el día de hoy se procede a la inscripción de las fincas con caractel privativo ( disolución de comunidad, previa la Agrpaciondeclaracion de Obra nueva y segregaciones efectuadas" se extiende nota de afecion fiscar por 5 años.
¿En qué situación se encuentran esas edificaciones según las escrituras?
Un saludo y muchas gracias.
En las escrituras figura el texto "Y en consecuencia, habiendo transcurrido el plazo legar de prescripción fijado en 4 años a contar desde su comisión para las infracciones urbanísticas graves conforme los art. 262, 263, disposición transistoria 5ª en su caso y concordante de la Ley sobre régimen del suelo y ordenación urbana de 26 de junio de 1992y art. 52 y concordantes del Real Decreto 1993/97 de 4 de junio aprobatorio de las normas complementariasal Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecariasobre inscriccion en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza urbanística, dicha edificación se encuentra incorporada al patrimonio de su titular sin necesidad de cumplir los requisitos de la Ley del Suelo y demás nada onsta a su inscripción en el registro de la propiedad".
Así mismo paso a redactar otro fragmento del escrito del registrador.
"INSCRITO habiendo sido notificado al Ayuntamiento la inscripción de dichas fincas en espera de contestación por parte de dicho Ayuntamiento por plazo de 30 días, sin haber ostenido contestación en el día de hoy se procede a la inscripción de las fincas con caractel privativo ( disolución de comunidad, previa la Agrpaciondeclaracion de Obra nueva y segregaciones efectuadas" se extiende nota de afecion fiscar por 5 años.
¿En qué situación se encuentran esas edificaciones según las escrituras?
Un saludo y muchas gracias.
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2 respuestas
Respuesta de Anxo Sánchez - arquitecto
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Respuesta de Encauza Asesores Consultoría de empresas