LEGALIDAD vivienda fuera de ordenación

Gracias primeramente por este tipo de espacios donde la gente pueda aclarar sus dudas. ¡ Desconozco si estoy en el sitio correcto. En su defecto, por favor desvíen al sitio correcto¡

Quiero comprar una vivienda unifamiliar en un terreno rústico de 3000 M2 en en un pueblo de Islas Baleares (Mallorca) y resulta que en el ayuntamiento me dicen que está fuera de ordenación.

Esta propiedad aunque (está registrada en el registro de la propiedad y tiene cédula de habitabilidad), tuvo en su día (hace más de 15 años) un expediente de infracción urbanística por exceder en la edificabilidad y que según tengo entendido pagó una multa y nada más.

El tema está en que en el ayuntamiento, no encuentran dicho expediente de infracción y alegan que se debe haber extraviado "me dicen que antes los archivos iban de otra manera, etc, etc". Yo he pedido si puedo legalizarla o hacer algún tipo de reforma y me han dicho que no. No puedo ni reformarla, ni hacer piscina que ahora no tiene, ni nada. Solamente puedo pedir permiso para hacer obras de salubridad e higiene.

En fin, para no enrollarme más, mis preguntas son:

* ¿Me pueden derribar esta propiedad?. Aunque en teoría ha prescrito, ¿no sé a qué atenerme?.

* ¿Qué significa obras de salubridad e higiene?

* En caso de hacer una piscina de forma ilegal, ¿me la podrían llegar a tirar o simplemente tendría que pagar su correspondiente multa?

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Respondiendo a sus preguntas:

- No pueden derribar esa propiedad. Se pagó la multa en su día por ser una construcción ilegal pero ya se encuentra en un estado más "regular". La construcción sigue estando fuera de las normativas urbanísticas pero no corre ningún riesgo. Lo que si que no le permitirán es reformar la vivienda u otras obras que requieran de licencia. El ayuntamiento no puede dar licencias de obras a una construcción que en teoría no debería existir. Lo que sí le permiten son las obras de seguridad e higiene que son las obras que podría hacer para mantener las mínimas condiciones de habitabilidad en la casa. Es decir, solventar humedades, reparar tuberías, desagües y sumideros, conexiones de cloacas, etc.

- Sobre la piscina es difícil de comentar. Las denuncias provienen generalmente de vecinos a no ser que el ayuntamiento actúe de oficio. Puede que la construya y no tenga mayores problemas. Otra posibilidad es que el ayuntamiento, una vez enterado le aplique una multa (lo más probable) o incluso que se la hagan anular llenándola de tierras. Dependerá del ayuntamiento.

Le recomendamos que siempre se mueva por los caminos de la legalidad. Es posible que al realizar la visita al ayuntamiento haya levantado la liebre y los técnicos se pasen en futuras fechas a ver dicha parcela por si han realizado modificaciones.

Esperamos haber sido de ayuda.

Lo primero es agradecer la celeridad y claridad de sus respuestas. ¡GRACIAS¡

Me gustaría para decidirme por esta propiedad, reiterar en dos puntos:

1* No pueden derriban en un 100% esta propiedad?. Como comprenderán este punto es vital, ya que solo que exista un 1% de posibilidad, descarto esta compra. ¿Necesitan algún otro dato para mayor seguridad?

2* Me podrían llegar a hacer derribar la piscina "en caso lógicamente que la haga y que me denuncie algún vecino y/o ayuntamiento"?. ¿O simplemente me la harían tapar y nada más?

Tendría que pagar alguna multa

Gracias de nuevo y reciban un cordial saludo

Pedro Más

El único organismo que puede certificar al 100% ambos hechos es el ayuntamiento de su municipio. Puede dirigirse de nuevo a los servicios urbanísticos y reflejarles su preocupación.

Respecto a lo de la piscina le aconsejo que un conocido suyo vaya a informarse sobre si denuncia la piscina de un vecino y es ilegal cómo actuarían en el ayuntamiento.

Gracias por la celeridad y claridad en la respuesta. Sin duda, ante cualquier otra aclaración, me volveré a poner en contacto con ustedes

Saludos cordiales

Pedro Más.

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